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DECRETO 1210 de 1997

por el cual se crea la bonificación por servicios prestados para los funcionarios y empleados de la Procuraduría General de la Nación y de la Defensoría del Pueblo.

Tipo
DECRETO
Número
1210
Año
1997
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales seńaladas en la Ley 4ş de 1992,

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Créase la bonificación por servicios prestados para los funcionarios y empleados de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo en los mismos términos establecidos en los artículos 45 y siguientes del Decreto-ley número 1042 de 1978 y las demás normas que lo modiquen o adicionen, la cual será exigible a partir del 1ş de enero de 1997

La bonificación por servicios prestados constituirá factor salarial para efectos de determinar la prima de servicio, prima de navidad, vacaciones y prima de vacaciones, auxilio de cesantía y pensiones.

Artículo 2.

ş. No percibirán la bonificación por servicios prestados de que trata el artículo anterior: El Procurador General de la Nación, el Viceprocurador General de la Nación, los Procuradores delegados y el Defensor del Pueblo.

Artículo 3.

ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíque se y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 30 de abril de 1997.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Justicia y del Derecho, Carlos Eduardo Medellín Becerra.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo Gaviria.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Edgar Alfonso González Salas.

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