DECRETO 1066 de 2004
por el cual se modifica el artículo 25 del Decreto 0841 de 1990.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1066
- Año
- 2004
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 9° del Decreto 111 de 1996,
DECRETA:
Artículo 1°.
Modifícase el artículo 25 del Decreto 0841 de 1990, el cual quedará así:
Artículo 25.
Actualización de los manuales. Los Manuales Metodológicos y de Procedimientos del Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional se podrán cambiar o modificar máximo una vez por ańo, para ser divulgados durante el ańo de la modificación a más tardar el 1° de octubre. Las metodologías modificadas se utilizarán para aquellos proyectos de inversión que vayan a ser remitidos al Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional a partir del 1ş de febrero de la siguiente vigencia a la modificación.
Parágrafo.
Los proyectos ya registrados con metodologías anteriores no serán afectados por las nuevas metodologías, ni serán alterados los valores que hayan resultado de su evaluación. Sin embargo cuando por cualquier motivo estos proyectos deban ser revisados o actualizados, esto se hará atendiendo a las nuevas metodologías vigentes en el momento de registrar la revisión o actualización.
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 25 DECRETO 841 de 1990
Artículo 2°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 13 de abril de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.
El Director del Departamento Nacional de Planeación, Santiago Montenegro Trujillo.
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