DECRETO 1065 de 2004
por el cual se modifica parcialmente el Decreto 159 de 2002.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1065
- Año
- 2004
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1°.
Inclúyase el siguiente parágrafo transitorio en el artículo 1° del Decreto 159 del 28 de enero de 2002:
Parágrafo. transitorio.
Prorrógase hasta el 30 de abril de 2004 el plazo para que los municipios radiquen en la Contaduría General de la Nación los informes de ejecución presupuestal de los ingresos y gastos correspondientes a la vigencia 2003, de que trata el inciso 4° del numeral 3 del artículo 1° del Decreto 159 de 2002.
Afecta la vigencia de: Incluye Artículo 1 DECRETO 159 de 2002
Artículo 2°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 13 de abril de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.
El Director del Departamento Nacional de Planeación, Santiago Montenegro Trujillo.
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