DECRETO 1023 de 1997
por el cual se modifica la nomenclatura y clasificación de empleos de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1023
- Año
- 1997
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales seńaladas en la Ley 4ş de 1992,
DECRETA:
Artículo 1.
ş. Nivel controlador de tránsito aéreo. Créase en el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos de que trata el Decreto 248 de 1994, el Nivel de Controlador de Tránsito Aéreo en el cual están comprendidos los empleos cuyas funciones exigen la aplicación de conocimientos técnicos debidamente certificados para el desempeńo de funciones calificadas, o que sean soporte del desarrollo de las funciones profesionales o especializadas, así:
Denominación del cargo Nivel Grado Controlador de Tránsito Aéreo Auxiliar 21 14 Controlador de Tránsito Aéreo Superficie 21 16 Controlador de Tránsito Aéreo Aeródromo 22 18 Controlador de Tránsito Aéreo Instrumentos 23 20 Controlador de Tránsito Aéreo Radar 24 22 Controlador de Tránsito Aéreo Supervisor 24 24 Controlador de Tránsito Aéreo Experto 31 26 Artículo 2ş. Las denominaciones de empleo a que hace referencia el artículo 1ş del presente decreto están comprendidos dentro de la Carrera Aeronáutica, Cuerpo Aeronáutico.
Artículo 3.
ş. Requisitos para el ejercicio del cargo de Controlador de Tránsito Aéreo. Para el desempeńo de los empleos correspondiente al Nivel de Controlador de Tránsito Aéreo se deben reunir los requisitos que para tales efecto exige la Organización Internacional de Aviación Civil OACI y el Manual de Reglamentos Aeronáuticos Colombiano, sin perjuicio de los exigidos en los Manuales de Funciones y Requisitos adoptados por la entidad.
Artículo 4.
ş. Lo dispuesto en el presente decreto rige únicamente para los funcionarios que desempeńen las funciones propias de Control de Tránsito Aéreo.
Artículo 5.
ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 248 de 1994.
Afecta la vigencia de: Modifica DECRETO 248 de 1994 Publíque se y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 9 de abril de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Edgar Alfonso González Salas.
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