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DECRETO 989 de 1998

por el cual se adopta el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración para los distintos empleos públicos del Departamento Nacional de Planeación y de la Unidad Administrativa Especial de Desarrollo Territorial.

Tipo
DECRETO
Número
989
Año
1998
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Rep·blica de Colombia, en desarrollo de las normas generales se±aladas en la Ley 4¬ de 1992,á áá

DECRETA:

á áá ArtÝculo 1░. Los empleos p·blicos del Departamento Nacional de Planeaci¾n y de la Unidad Administrativa Especial de Desarrollo Territorial, se regirßn por el sistema de nomenclatura, clasificaci¾n y remuneraci¾n establecido en los Decretos 1042 de 1978, 457 de 1997, 40 de 1998 y demßs disposiciones que los modifiquen o adicionen.á áá ArtÝculo 2░. En concordancia con el artÝculo anterior, establÚcense las siguientes equivalencias entre la nomenclatura y clasificaci¾n de empleos fijada en los Decretos 46 y 1314 de 1995 y la se±alada en los Decretos 1042 de 1978, 457 de 1997, y demßs normas que los modifiquen o adicionen:á áá Situaci¾n anterior á Situaci¾n nueva á Denominaci¾n á C¾digo á Grado á Denominaci¾n á C¾digo á Grado á Nivel Directivo á Nivel Directivo á Director de Departamento Administrativoá 0010á --á Director Departamento Administrativoá 0010á --á Subdirector de Departamento Administrativoá 0025á --á Subdirector de Departamento Administrativoá 0025á --á Secretario Generalá 0035á 03á Secretario General de Departamento Administrativoá 0035á 22á Nivel Asesor á Nivel Asesor á Asesorá 1020á 10á Asesorá 1020á 13á Asesorá 1020á 09á Asesorá 1020á 12á Asesorá 1020á 07á Asesorá 1020á 09á Asesorá 1020á 06á Asesorá 1020á 09á Asesorá 1020á 05á Asesorá 1020á 08á Asesorá 1020á 04á Asesorá 1020á 07á Asesorá 1020á 03á Asesorá 1020á 06á Asesorá 1020á 02á Asesorá 1020á 06á Asesorá 1020á 01á Asesorá 1020á 04á Nivel Ejecutivo á Nivel Ejecutivo á Director Regional de Planificaci¾ná 2035á 04á Coordinador Regional de Planificaci¾ná 0026á 20á Jefe de Divisi¾ná 2040á 04á Jefe de Divisi¾ná 2040á 28á Jefe de Oficinaá 2045á 04á Jefe de Oficina Asesoraá 0125á 20á Jefe de Unidadá 2055á 06á Jefe de Unidad Especialá 0028á 22á Jefe de Divisi¾n Especialá 2060á 06á Jefe de Unidad Especialá 0028á 22á Nivel Profesional á Nivel Profesional á Profesional Especializadoá 3010á 07á Profesional Especializadoá 3010á 19á Profesional Especializadoá 3010á 06á Profesional Especializadoá 3010á 18á Profesional Especializadoá 3010á 04á Profesional Especializadoá 3010á 16á Profesional Universitarioá 3020á 02á Profesional Universitarioá 3020á 13á Secretario Privado del Despacho del Director del Departamentoá 3035á 04á Profesional Especializadoá 3010á 16á Nivel TÚcnico á Nivel TÚcnico á TÚcnico Operativoá 4080á 08á TÚcnico Operativoá 4080á 13á TÚcnico Operativoá 4080á 06á TÚcnico Operativoá 4080á 13á Archivistaá 4135á 08á TÚcnico Administrativoá 4065á 13á Archivistaá 4135á 01á TÚcnico Administrativoá 4065á 05á Nivel Asistencial á Nivel Asistencial á Secretario Ejecutivo del Despacho del Director del Departamentoá 5000á 16á Secretario Ejecutivo de Despacho del Director de Departamento Administrativoá 5230á 25á Secretario Ejecutivo del Despacho del Subdirector del Departamentoá 5005á 15á Secretario Ejecutivo de Despacho de Subdirector de Departamento Admi.á 5240á 24á Secretario Ejecutivoá 5040á 12á Secretario Ejecutivoá 5040á 23á Secretario Ejecutivoá 5040á 11á Secretario Ejecutivoá 5040á 22á Secretario Ejecutivoá 5040á 08á Secretario Ejecutivoá 5040á 15á Auxiliar Administrativoá 5120á 13á Auxiliar Administrativoá 5120á 23á Auxiliar Administrativoá 5120á 11á Auxiliar Administrativoá 5120á 22á Auxiliar Administrativoá 5120á 08á Auxiliar Administrativoá 5120á 15á Conductor Mecßnicoá 5310á 05á Conductor Mecßnicoá 5310á 15á Conductor Mecßnicoá 5310á 04á Conductor Mecßnicoá 5310á 11á Conductor Mecßnicoá 5310á 03á Conductor Mecßnicoá 5310á 11á Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 09á Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 17á Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 07á Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 15á Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 06á Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 15á Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 04á Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 11á Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 02á Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 08á Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 01á Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 06á áá ArtÝculo 3░. El Departamento Nacional de Planeaci¾n procederß a efectuar los cambios en las denominaciones de sus empleos en la primera n¾mina de pago, con estricta sujeci¾n a las equivalencias establecidas en el artÝculo 2░ del presente decreto.á áá Para efectos de lo dispuesto en el presente artÝculo, los empleados p·blicos que se encuentren prestando sus servicios al Departamento Nacional de Planeaci¾n y a la Unidad Administrativa Especial de Desarrollo Territorial, no requerirßn acreditar requisitos adicionales a los exigidos en el manual especÝfico de funciones y requisitos vigente en la entidad.á áá Quienes cambien de empleo o ingresen al servicio con posterioridad a la fecha de publicaci¾n del presente decreto se les aplicarßn los requisitos se±alados para las nuevas denominaciones de empleo en el manual especÝfico de funciones, el cual se elaborarß en concordancia con los Decretos 590 de 1993, 406 de 1994 y 339 de 1995 y demßs disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan.á áá ArtÝculo 4░. Los empleados p·blicos del Departamento Nacional de Planeaci¾n y de la Unidad Administrativa Especial de Desarrollo Territorial que sean incorporados a empleos que tengan asignaciones bßsicas inferiores, continuarßn percibiendo la asignaci¾n bßsica mensual que se les venÝa reconociendo, con los reajustes que al efecto se±ale el Gobierno Nacional hasta que cambien de empleo o se retiren del servicio.á áá Quienes con posterioridad a la publicaci¾n del presente decreto ingresen al servicio del Departamento Nacional de Planeaci¾n y a la Unidad Administrativa Especial de Desarrollo Territorial en los empleos de que trata el inciso anterior, percibirßn la asignaci¾n bßsica mensual se±alada para el referido empleo, conforme al grado establecido en las equivalencias de que trata el artÝculo 2░ del presente decreto.á áá ArtÝculo 5░. Los empleados del Departamento Nacional de Planeaci¾n que tengan la obligaci¾n de participar en los trabajos ordenados para preparaci¾n y elaboraci¾n del presupuesto de rentas y ley de apropiaciones, su liquidaci¾n y demßs labores anexas al cierre e iniciaci¾n de cada vigencia fiscal, podrßn devengar horas extras, dominicales y festivos siempre y cuando estÚn comprendidos en los niveles asistencial, tÚcnico y profesional hasta el grado 18, inclusive. En ning·n caso podrß pagarse mensualmente por el total de horas extras, dominicales y festivos, mßs del cincuenta por ciento (50%) de la remuneraci¾n mensual de cada funcionario.á áá ArtÝculo 6░. Los empleados p·blicos del Departamento Nacional de Planeaci¾n y de la Unidad Administrativa Especial de Desarrollo Territorial se regirßn en materia de prestaciones sociales y demßs factores salariales por las normas generales aplicables a los empleados p·blicos de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional.á áá ArtÝculo 7░. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci¾n y deroga los Decretos 1046 y 1515 de 1978, 46 y 1314 de 1995, 68 de 1998 y demßs disposiciones que le sean contrarias.á áá Afecta la vigencia de: Derogaáá DECRETO 46 de 1995 Derogaáá DECRETO 68 de 1998 Derogaáá DECRETO 1046 de 1978 Derogaáá DECRETO 1515 de 1978 Derogaáá DECRETO 1314 de 1995 PublÝquese y c·mplase.á áá Dado en Santa Fe de Bogotß, D. C., a 1░ de junio de 1998.á áá ERNESTO SAMPER PIZANO á áá El Ministro de Hacienda y CrÚdito P·blico,á áá Antonio J. Urdinola. á áá El Director del Departamento Nacional de Planeaci¾n,á áá Cecilia L¾pez Monta±o. á áá El Director del Departamento Administrativo de la Funci¾n P·blica,á áá Pablo Ariel Olarte Casallas. á áá

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