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DECRETO 741 de 2014

por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto número 172 de 2014.

Tipo
DECRETO
Número
741
Año
2014
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales, señaladas en la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

Artículo 1°.

El artículo 2° del Decreto número 172 de 2014, quedará así:

“Artículo 2°. Asignación básica mensual para educadores no escalafonados. A partir del 1° de enero de 2014, la asignación básica mensual para los educadores estatales no escalafonados, nombrados en propiedad en las plantas de personal del sector educativo con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto-ley 1278 de 2002 es la siguiente, dependiendo del título acreditado para el nombramiento:

Título Asignación básica Bachiller 616.000 Técnico Profesional o Tecnólogo 815.437 Profesional Universitario 996.393”

Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 2 DECRETO 172 de 2014

Artículo 2°.

El presente decreto rige a partir de su publicación, modifica en lo pertinente el artículo 2° del Decreto número 172 de 2014 y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2014.

Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente Artículo 2 DECRETO 172 de 2014 Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 10 de abril de 2014.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría.

La Ministra de Educación Nacional, María Fernanda Campo Saavedra.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor.

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