DECRETO 637 de 2000
Por el cual se modifica la nomenclatura de empleados de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 637
- Año
- 2000
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales seńaladas en la Ley 4Ş de 1992,
DECRETA:
Artículo 1ş. Modifícase la nomenclatura de empleos aplicable a la Fiscalía General de la Nación, contenida en el artículo 4ş del Decreto 38 de 1999, así: a) Suprímense las siguientes denominaciones de empleo:
Denominación Remuneración Director Regional de Fiscalías 4.600.878 Fiscal Delegado ante Jueces Regionales 3.390.121 Técnico Judicial I 903.586 Técnico Judicial II 1.019.761 Técnico Judicial III 1.268.770 b) Adiciónanse las siguientes denominaciones de empleo, las cuales tendrán las siguientes remuneraciones mensuales: Denominación Remuneración Director de Asuntos Internacionales 4.600.878 Fiscal Delegado ante Jueces Penales de Circuito Especializados 3.390.121 Profesional Especializado I 2.471.912 Investigador Judicial III 1.572.291 Técnico Judicial I 903.586 Técnico Judicial II 1.019.761 Técnico Judicial III 1.183.730 Técnico Judicial IV 1.268.770 Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 4 DECRETO 38 de 1999 Artículo 2ş. Establécense las siguientes equivalencias de empleo:
Situación anterior Denominación Remuneración Fiscal Delegado ante Jueces Regionales 3.390.121 Técnico Judicial I 903.586 Técnico Judicial II 1.019.761 Técnico Judicial III 1.268.770 Situación nueva Denominación Remuneración Fiscal Delegado ante Jueces Penales de Circuito Especializados 3.390.121 Técnico Judicial I 903.586 Técnico Judicial II 1.019.761 Técnico Judicial IV 1.268.770 Parágrafo. El Fiscal General de la Nación ajustará la planta de personal de acuerdo con las equivalencias seńaladas en el presente artículo.
Artículo 3ş. El artículo 7ş del Decreto 38 de 1999, quedará así:
"Artículo 7ş. El treinta por ciento (30%) del salario básico mensual de los siguientes servidores públicos se considera como prima especial de servicios sin carácter salarial:
Fiscal Delegado ante Tribunal Nacional Fiscal Delegado ante Tribunal de Distrito Fiscal Delegado ante Jueces Penales de Circuito Especializados Fiscal Delegado ante Jueces de Circuito Secretario General Directores Nacionales Director de Asuntos Internacionales Directores Seccionales Jefes de Oficina Jefes de División Jefe de Unidad de Policía Judicial Fiscal Auxiliar ante la Corte Suprema de Justicia Fiscal Delegado ante Jueces Municipales y Promiscuos".
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 7 DECRETO 38 de 1999 Artículo 4ş. El artículo 2ş del Decreto 41 de 1999, quedará así:
"Artículo 2ş. Las asignaciones básicas mensuales y los porcentajes del salario mensual que tienen el carácter de gastos de representación para efectos fiscales de los funcionarios a que se refiere el artículo 1ş, serán los siguientes: a) Para los Directores Nacionales, Secretario General, los Fiscales Delegados ante la Corte y el Director de Asuntos Internacionales de la Fiscalía el sesenta y cuatro por ciento (64%) del salario mensual tendrá el carácter de gastos de representación; b) Para los Fiscales Delegados ante Jueces Penales de Circuito Especializados, los Directores Seccionales y los Jefes de Oficina de la Fiscalía el cincuenta por ciento (50%) del salario mensual tendrá el carácter de gastos de representación; c) Para los Fiscales Delegados ante Jueces de Circuito y Fiscales Delegados ante Jueces Municipales y Promiscuos, el veinticinco por ciento (25%) del salario mensual tendrá el carácter de gastos de representación".
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 2 DECRETO 41 de 1999 Artículo 5ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 38 y 41 de 1999.
Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 38 de 1999 Modifica en lo pertinente DECRETO 41 de 1999 Publíquesey cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 7 de abril de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Justicia y del Derecho, Rómulo González Trujillo.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo Salazar.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Mauricio Zuluaga Ruiz.
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