DECRETO 612 de 2002
por el cual se aclara el artículo 6° del Decreto 33 de 2001.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 612
- Año
- 2002
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales seńaladas en las Leyes 48 de 1983 y 7Ş de 1991,
DECRETA:
Artículo 1ş. Aclárese el artículo 6ş del Decreto 33 de 2001, en el sentido de precisar que el término de caducidad a que se refiere la citada disposición, se aplica a los Certificados de Reembolso Tributario, CERT, reconocidos y expedidos con posterioridad a la vigencia del mencionado decreto.
Afecta la vigencia de: Aclara Artículo 6 DECRETO 33 de 2001 Artículo 2ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 5 de abril de 2002.
ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Manuel Santos.
La Ministra de Comercio Exterior, Angela María Orozco Gómez.
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