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DECRETO 576 de 2013

por el cual se modifica la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP).

Tipo
DECRETO
Número
576
Año
2013
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Nacional y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), en su sesión del 17 de agosto de 2012 tal como consta en acta número 08 de la misma fecha, decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional la modificación de estructura y planta de personal de la Entidad.

Que la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), para efectos de modificar la planta de personal, presentó el estudio técnico al Departamento Administrativo de la Función Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005, obteniendo concepto técnico favorable de ese Departamento.

Que para los fines de este decreto la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó certificado de viabilidad presupuestal,

DECRETA:

Artículo 1°.

Suprímase de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) el siguiente empleo: N° DE CARGOS

DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO PLANTA GLOBAL 1 (uno) Subdirector General 0040 24

Artículo 2°.

Créanse en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) los siguientes empleos: N° DE CARGOS

DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO DESPACHO DEL DIRECTOR 1 (uno) Asesor 1020 17 4 (cuatro) Asesor 1020 16 5 (cinco) Asesor 1020 13 PLANTA GLOBAL 1 (uno) Director Técnico 0100 2 (dos) Subdirector General 0040 24 51 (cincuenta y uno) Profesional Especializado 2028 23 6 (seis) Profesional Especializado 2028 22 45 (cuarenta y cinco) Profesional Especializado 2028 21 64 (sesenta y cuatro) Profesional Especializado 2028 19 75 (setenta y cinco) Profesional Especializado 2028 18 25 (veinticinco) Profesional Especializado 2028 17 57 (cincuenta y siete) Profesional Especializado 2028 16 6 (seis) Profesional Especializado 2028 15 45 (cuarenta y cinco) Profesional Especializado 2028 12 14 (catorce) Profesional Universitario 2044 11 6 (seis) Profesional Universitario 2044 09 10 (diez) Profesional Universitario 2044 06 7 (siete) Profesional Universitario 2044 05 2 (dos) Técnico Administrativo 3124 18 15 (quince) Técnico Administrativo 3124 15 1 (uno) Secretario Ejecutivo 4210 20

Artículo 3°.

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) distribuirá los cargos de la planta global a que hace referencia el artículo segundo del presente decreto mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, y los planes y programas de la entidad.

Artículo 4°.

La provisión de los empleos creados mediante el presente decreto se efectuará conforme a las disposiciones previstas en el Decreto-ley 168 de 2008.

Quien viene desempeñando el empleo de Subdirector General código 0040 que se suprime en el artículo 1° del presente Decreto continuará desarrollando las funciones y percibiendo la remuneración mensual correspondiente al mismo, hasta tanto se produzca la provisión del empleo que asuma las funciones de la Dirección de Servicios Integrales.

Artículo 5°.

Aclárase el artículo 1° del Decreto 5022 de 2009, en el sentido de precisar que el código correcto de los cuatro (4) empleos de Asesor grado 16 es 1020 y no como allí aparece.

Afecta la vigencia de: Aclara Artículo 1 DECRETO 5022 de 2009

Artículo 6°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 5022 del 28 de diciembre de 2009.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 22 marzo de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor.

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