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DECRETO 98 de 1990

por el cual se trasladan unas funciones a la Caja Nacional de Previsión Social.

Tipo
DECRETO
Número
98
Año
1990
Entidad
MINISTERIO DE SALUD
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere la Constitución Política y en especial de las del artículo 132,

DECRETA:

Artículo 1°.

La Caja Nacional de Previsión Social asumirá el pago de las pensiones mensuales de jubilación y de las cuotas partes pensionales a cargo del Instituto Nacional de Fomento Municipal -Insfopal-, a partir de la vigencia del presente Decreto.

Artículo 2°.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público transferirá a la Caja Nacional de Previsión Social los recursos con que el Instituto Nacional de Fomento Municipal -Insfopal- venía cumplimiento las funciones que por este Decreto se trasladan.

Artículo 3°.

Facúltese al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y a la Caja Nacional de Previsión Social para que mediante resolución fijen los plazos, trámites administrativos y presupuestales necesarios para dar pleno cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 4°.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 5 de enero de 1990.

VIRGILIO BARCO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Alarcón Mantilla.

La Ministra de Trabajo y Seguridad Social, María Teresa Forero de Saade.

El Ministro de Salud, Eduardo Díaz Uribe.

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