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DECRETO 247 de 1997

por el cual se crea la Bonificación por servicios prestados para los funcionarios y empleados de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar.

Tipo
DECRETO
Número
247
Año
1997
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales seńaladas en la Ley 4 de 1992,

DECRETA:

Artículo 1ş. Créase la bonificación por servicios prestados para los funcionarios y empleados de la Rama Judicial (Tribunales, Juzgados, Fiscalía General de la Nación, Direcciones Ejecutivas de la Administración Judicial, Consejos Seccionales de la Judicatura y empleados de las altas Corporaciones) y la Justicia Penal Militar, en los mismo términos establecidos en los artículos 45 y siguientes del Decreto-ley 1042 de 1978 y las demás normas que lo modifiquen o adicionen, la cual será exigible a partir del 1ş de enero de 1997.

La Bonificación por Servicios Prestados constituirá factor salarial para efectos de determinar la prima de servicio, prima de navidad, vacaciones y prima de vacaciones, auxilio de cesantía y pensiones.

Artículo 2.

ş. No percibirán la Bonificación por Servicios Prestados de que trata el artículo anterior los funcionarios y empleos vinculados a las Direcciones Ejecutivas de la Administración Judicial que la continuarán disfrutando de conformidad con las normas legales vigentes. Tampoco la percibirán los Magistrados de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura y el Fiscal General de la Nación.

Artículo 3.

ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 4 de febrero de 1997.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Viceministro de Justicia y del Derecho encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Justicia y del Derecho, Carlos Alberto Malagón Bolańos.

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Eduardo Fernández Delgado.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Edgar Alfonso Conzález Salas.

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