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DECRETO 93 de 1991

por el cual se confiere la condecoración Servicios Distinguidos en Orden Público a un personal del Ejército.

Tipo
DECRETO
Número
93
Año
1991
Entidad
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades legales que le confiere el artículo 26 del Decreto 1680 de 1988, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 25 del Decreto 1880 de 1968, la Condecoración Servicios Distinguidos en Orden Público se conferirá a los miembros de las Fuerzas Militares que prestando sus servicios en Orden Público, en funciones del mismo sobresalgan por una acción distinguida de valor, fuera del común cumplimiento del deber;

Que de acuerdo con el parágrafo 1° del artículo 26 del Decreto antes citado, esta condecoración podrá otorgarse a un mismo individuo tantas veces cuantas se haga acreedor a ella en acciones diferentes;

Que el personal del Ejército relacionado en el presente Decreto se ha destacado por el planeamiento, dirección y ejecución de las operaciones realizadas contra los campamentos del denominado Estado Mayor y Secretariado de las FARC, instalaciones que fueron mantenidas por más de 25 ańos, logrando desalojar y desarticular la organización en su más alto nivel, restableciendo el orden en el área y demostrando al país la verdadera capacidad de su Ejército;

Que corresponde al Gobierno Nacional reconocer el esfuerzo y exaltar al personal de las Fuerzas Militares que con sus servicios contribuye al mantenimiento del orden interno de la Nación,

DECRETA:

Artículo 1°.

Conferir la condecoración Servicios Distinguidos en Orden Público al siguiente personal del Ejército, así:

Por primera vez.

CTCAB. Escobar Tovar Germán 7801921 CTART. Salamanca Solano Fernando 7890476 CTING. Rocha Urbina Nelson Francisco 7988027 CTINF. Puentes Porras Juan Carlos 8060443 CTCAB. López Colunge Jairo Raúl 8102946 TEART. Andrade Almario Elkin 8316376 TEINF. Carrillo Márquez Jorge Enrique 8316434 TEINF. Pulgarín Correa Carlos Mario 8316667 TEINF. Giraldo Bonilla Helder Fernando 8415866 TEINF. López Vigoya Ricardo Alfonso 8402978 TEART Zapata Moncaleano Luis Carlos 8416301 TEINF. Pérez Parada José Edgar 8103045 TECAB. Tenjo Carrillo Hernando Paolo 8617438 TEING. Peńa Pedraza Heimer Mauricio 8504253 TEINF. Henry Fernández Jaime 8416905 TEINF. Zapatelro Altamiranda Eduardo Enrique 8316788 START. Gastelbondo Arzayus Mauricio 8504001 STCAB. Guevara Gahona Germán 8604096 STINF. Martín Valbuena Octavio 8617207 STINF. Beltrán Acuńa Helbert Elkin 8616977 STINF. Chauta Rodríguez Carlos Enrique 8617040 STINF. Forero Ortiz Hugo Armando 8817104 STINF. Montoya Murillo Delio 8617243 STINF. Arrieta Rodríguez Arturo 8503933 SFCOM, Ospina José Domingo 6963683 SV1NG. León Bermúdez Duván 7410102 SVCAB. Giraldo Pedro Antonio 7700703 S6CAB. Godov Samudio Esteban 7822040 SSINF. Corredor Páez Gonzalo 7916660 SSCAB. Barón Medina José 8121894 SSINF. Pirateque Moreno Jesús 7922591 SSINF. Ortiz Espańa José Wilson 421519 SSCAB. Avala Pareja José Rodrigo 8018696 SSINF. Rojas Santa Salvador 7901424 SSINF. Londońo Lozano Gerardo 8134735 SSINF. Montoya Alvarez Alexander 8019002 SSINF. Porras Rubén Darío 8204459 CPING. Avala Nicolás de Jesús 420077 CPING. Giorgi Acosta Ricardo 618453 CPINF. Segura Martínez Guillermo 8327707 CPART. Carrillo Bayona Herson 406512 CPSAN. Palacios Moreno Rafael 8520477 CPART. Rodríguez Sánchez Francisco 8406951 CPINF. Mercado Jorge Alfonso 8406779 CPINF. Peralta Moreno Ramiro 8421519 CPING. Henao Agudelo César 8406630 CPINF. Rodríguez Tapias José 340368 CPART. Núńez: Mosquera Angel María 8537006 CPCAB. Prada Córdoba José Omar 6406890 CPINF. Rodríguez Reyes Efraín 6316236 CPART. Dionisio Caro Nelson 6406574 CPINF. Rodríguez Bustamante Luis 637118 CSING. Peńa Gaviria Edgar 9108020 CSCOM. Sterling Sánchez Orvein 6706214 SL. Otavo Otavo Wilson 8733393 SL. Ortiz Riveros Fredy 8715869 SI. Velanda Gutiérrez Héctor 8658271 SL. Rodríguez Nieto Ariel 8609370 SL. Barón Torres Viovanny 8431102 SL. Parra Cárdenas Andrés 8919835 SL. Quevedo Quevedo Efrén 8829712 SL. Gómez Ruiz Francisco 8434403 SL. Acosta Cańizales Adilani 8736930 SL. Nińo Cuervo Régulo 8853143 SL. Viveros Vásquez Edwin 8821061 SL. Mare Roías Horacio 8609112 SL. Tuta Tuta Rubén 8853205 SL, Chávez Sinforoso 8715993 SL, Plazas Rojas Estéban 8856240 SL. Grajales Rodríguez Armando 8735033 SL. Buriticá Sánchez Vidier 8715530 PL. Coral Traillo Jaime 8844336 SL. Charry Solano Wilver 8510927 SL. Gómez Tapiero Sergio 8610424 SL. Cruz Gutiérrez José 8534381 SL, González Valencia Obdulio 8616006 SL. Hernández Eslava Rubén 8822346 SL. Collazos Flórez Feliciano 8431639 SL. Acosta Be jarano José 8412295 SL. Navas Bohórquez Jorge 8448014 SL. Estrada Serna Carlos Mario 8718128 SL. Jiménez Leonardo 8436436 SL. Triana Castro Alvaro 8351153 SL. Restrepo Jorge Eliécer 8515025 SL. Torres Muńoz Oscar 8514120 SL. Rodríguez Sánchez Nelson 8436544 SL. Sinisterra Castrillón Luis 8608354 SL. Jaramillo Ariel 8760778 SL. Pinzón Cala Luís 8903623 SL. González Hernando Javier 8448946 Por segunda vez.

CTCAB. Tamayo Tamayo Marco Lino 8103141 CTCAB. Rico Arenas José Luis 7902019 TECAB. García Reina Jorge Mario 8205173 TEINF. Murcia Caro Luis Danilo 8303369
Parágrafo.
La condecoración será impuesta al personal en acto especial de acuerdo con el Reglamento de Ceremonial Militar.

Artículo 2°.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 11 de enero de 1991.

Cesar Gaviria Trujillo El Ministro de Defensa Nacional, General Oscar Botero Restrepo.

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