Jurismart

DECRETO 113 de 1993

por el cual se dictan unas disposiciones en materia salarial y prestacional para los servidores públicos del Ministerio Público.

Tipo
DECRETO
Número
113
Año
1993
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales seńaladas en la Ley 4Ş de 1992,

DECRETA:

Artículo 1.

° Los funcionarios del Ministerio Público que no opten por el régimen establecido en el Decreto 54 del 7 de enero de 1993, tendrán derecho a un incremento del 2.5% sobre la asignación básica mensual, que tenian a 31 de diciembre de 1992, sin perjuicio de los incrementos decretados por el Gobierno Nacional para el ańo de 1993. Este incremento surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1993.

Artículo 2.

° El Procurador General de la Nación podrá asignar la Prima Técnica a que se refiere el artículo 10 del Decreto 051 de 1993 en los términos y condiciones allí seńalados, independientemente del sistema de remuneración por el cual opten los funcionarios o empleados.

Artículo 3.

° El Defensor del Pueblo podrá asignar primas técnicas sin carácter salarial, hasta por un cincuenta por ciento (50%) de la asignación básica, a los Subdirectores grado 21 con el lleno de los requisitos que establezca mediante reglamentación interna, previa disponibilidad presupuestal, en los términos del Decreto 2573 de 1991.

TEXTO CORRESPONDIENTE A Derogado Artículo 4 DECRETO 1296 de 1998

Artículo 4.

° Los funcionarios y empleados de la Defensoría del Pueblo, tendrán el mismo régimen salarial y prestacional de la Procuraduría General de la Nación y estarán amparados contra los riesgos por muerte violenta en el desempeńo de sus funciones.

Artículo 5.

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 18 de enero de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Justicia, Andrés González Díaz.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Carlos Humberto Isaza Rodríguez.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar