DECRETO 93 de 1990
Por el cual se dictan unas disposiciones en materia salarial para los miembros de la Casa Militar de la Presidencia de la República.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 93
- Año
- 1990
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO LEY El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 76 de 1989,
DECRETA:
Artículo 1o.
A partir de la vigencia del presente Decreto, los viáticos para los Miembros de la Casa Militar de la Presidencia de la República, por comisiones de servicio en el interior del país, serán:
-Para los Oficiales, la suma de ocho mil seiscientos cincuenta pesos ($8.650) diarios.
-Para los Suboficiales, la suma de cinco mil cuatrocientos pesos ($5.400) diarios.
-Para los Agentes de Policía y Soldados, la suma de dos mil novecientos cincuenta pesos ($2.950) diarios.
Artículo 2o.
Los viáticos por comisiones en el exterior, de los Oficiales, Suboficiales, Agentes de la Policía y Soldados de la Casa Militar del Palacio Presidencial, se regirán por las normas especiales del Ministerio de Defensa Nacional.
Artículo 3o.
Los miembros de la Casa Militar del Palacio Presidencial, tendrán derecho a un subsidio de alimentación en la misma cuantía y condiciones que se determine para los funcionarios del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Artículo 4o.
Los gastos que se causen por concepto de los viáticos y el subsidio de alimentación a que se refiere el presente decreto, serán cancelados con cargo al presupuesto del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Artículo 5o.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto-ley 38 de 1989 y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1990, salvo para lo dispuesto en el artículo 1° de la presente norma.
Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 38 de 1989 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 4 de enero de 1990.
VIRGILIO BARCO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Alarcón Mantilla.
El Ministro de Defensa Nacional, General Oscar Botero Restrepo.
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Germán Montoya Vélez.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, William René Parra Gutiérrez.
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