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DECRETO 91 de 1995

por el cual se dictan disposiciones relacionadas con la pensión de los expresidentes de la República.

Tipo
DECRETO
Número
91
Año
1995
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las disposiciones contenidas en la Ley 4Ş de 1992,

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Los expresidentes de la República, devengarán la pensión especial establecida en su favor en las Leyes 48 de 1962, 83 de 1968 y 53 de 1978.

La pensión especial de los expresidentes tendrá una cuantía igual a la de la asignación mensual que por todo concepto corresponda a los Senadores y Representantes.

Artículo 2.

ş. Para los efectos previstos en el artículo anterior, entiéndese por asignación mensual que por todo concepto corresponda a los Senadores y Representantes, no sólo la asignación básica, sino las sumas correspondientes a gastos de representación, prima de localización y vivienda, prima de transporte, prima de salud, y toda otra asignación de la que ellos gozaren mensualmente.

Artículo 3.

ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 10 de enero de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Guillermo Perry Rubio.

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, María Sol Navia Velasco.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,} Eduardo González Montoya.

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