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DECRETO 49 de 1996

por el cual se fija el auxilio de alimentación para los empleados públicos del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo, Fonade.

Tipo
DECRETO
Número
49
Año
1996
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales seńaladas en la Ley 4. de 1992,

DECRETA:

Artículo primero. A partir del 1o. de enero de 1996, el auxilio de alimentación para los empleados públicos que prestan sus servicios en el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo, Fonade, será de ochocientos treinta y cinco pesos ($835.00) moneda corriente diarios, que se pagarán por cada día hábil laborado, con excepción de los funcionarios de los niveles Directivo y Asesor.

No tendrá derecho a este auxilio el personal que se encuentre en disfrute de vacaciones o en uso de licencia o suspendido de el ejercicio del cargo.

Artículo Segundo. Ninguna autoridad podrá establecer o modificar lo estatuido por las normas del presente Decreto, en concordancia con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 4a. de 1992. Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos adquiridos.

Nadie podrá desempeńar simultáneamente más de un empleo público ni recibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúanse las asignaciones de que trata el artículo 19 de la Ley 4a. de 1992.

No se podrán recibir honorarios que sumados correspondan a más de ocho (8) horas diarias de trabajo a varias entidades.

Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga el Decreto 81 de 1995 y surte efectos fiscales a partir del 1 de enero de 1996.

Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 81 de 1995 Publíque se y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 5 de enero de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Santiago Herrera Aguilera.

El Director del Departamento Nacional de Planeación, José Antonio Ocampo Gaviria.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Eduardo González Montoya.

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