DECRETO 27 de 2014
por el cual se crean unos cargos en la planta de personal de la Defensoría del Pueblo.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 27
- Año
- 2014
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 19 de la Ley 24 de 1992, en concordancia con lo dispuesto en el parágrafo 2° del artículo 1° de la Ley 1642 de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que la Defensoría del Pueblo presentó el estudio técnico para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Que para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó la viabilidad presupuestal para modificar la Planta de Personal de la Defensoría del Pueblo.
DECRETA:
Artículo 1°.
Créanse en la Planta de Personal de empleados públicos de la Defensoría del Pueblo, los siguientes cargos:
NO. CARGOS DENOMINACIÓN DEL CARGO CÓDIGO GRADO DESPACHO DEL DEFENSOR 8 (Ocho) Asesor 1030 23 11 (Once) Asesor 1030 22 13 (Trece) Asesor 1030 21 2 (Dos) Secretario Ejecutivo 4010 15 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4010 12 3 (Tres) Conductor Mecánico 4050 08 DESPACHO DEL VICEDEFENSOR 1 (Uno) Vicedefensor 0020 13 (Trece) Asesor 1030 23 27 (Veintisiete) Asesor 1030 22 10 (Diez) Profesional Especializado 2010 19 9 (Nueve) Profesional Especializado 2010 18 6 (Seis) Profesional Especializado 2010 17 1 (Uno) Profesional Universitario 2050 15 NO. CARGOS DENOMINACIÓN DEL CARGO CÓDIGO GRADO DESPACHO DEL DEFENSOR 3 (Tres) Técnico Administrativo 3020 15 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4010 15 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4020 10 3 (Tres) Secretario 4030 10 2 (Dos) Conductor Mecánico 4050 08 PLANTA GLOBAL 2 (Dos) Defensor Delegado 0040 2 (Dos) Jefe de Oficina 0075 23 1 (Uno) Subdirector 0080 23 3 (Tres) Gestor 0090 21 17 (Diecisiete) Profesional Especializado 2010 20 94 (Noventa y cuatro) Profesional Especializado 2010 19 107 (Siento siete) Profesional Especializado 2010 18 219 (Doscientos diecinueve) Profesional Especializado 2010 17 13 (Trece) Profesional Administrativo y de Gestión 2020 19 11 (Once) Profesional Especializado en Criminalística 2030 18 27 (Veintisiete) Profesional Especializado en Investigación 2040 17 1 (Uno) Profesional Universitario 2050 15 40 (Cuarenta) Profesional Universitario 2050 14 13 (Trece) Técnico en Criminalística 3010 15 5 (Cinco) Técnico Administrativo 3020 15 42 (Cuarenta y Dos) Técnico Administrativo 3020 11 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4010 15 22 (Veintidós) Secretario Ejecutivo 4010 12 41 (Cuarenta y uno) Auxiliar Administrativo 4020 10 21 (Veintiuno) Auxiliar Administrativo 4020 06 4 (Cuatro) Secretario 4030 10 19 (Diecinueve) Secretario 4030 08 2 (Dos) Conductor Mecánico 4050 08 20 (Veinte) Conductor 4060 06 20 (Veinte) Auxiliar de Servicios Generales 4080 04 Parágrafo 1°. La provisión de los empleos creados en el presente decreto se efectuará de forma gradual de conformidad con las disponibilidades presupuestales, así:
Para la vigencia 2014, se incorporará el 24% del costo de la propuesta a precios 2014.
Para la vigencia 2015, se incorporará el 35% del costo de la propuesta a precios 2015.
Para la vigencia 2016, se incorporará el 41% del costo de la propuesta a precios 2016.
Parágrafo 2°.
La asignación básica mensual para los empleos a que se refiere el presente decreto, será la señalada en los Decretos 1016 de 2013 y 2208 de 2013 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 2°.
Planta global y grupos internos de trabajo. El Defensor del Pueblo distribuirá mediante acto administrativo, los empleos de la planta de personal previstos en el presente decreto, teniendo en cuenta la estructura orgánica de la Entidad, las necesidades del servicio, los planes, proyectos y programas, para lo cual podrá, dentro de sus competencias, conformar grupos internos de trabajo, con carácter permanente o transitorio.
Artículo 3°.
Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 188 del 27 de enero de 1993.
Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 188 de 1993 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., 10 de enero de 2014.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Andrés Restrepo Montoya.
El Ministro de Justicia y del Derecho, Alfonso Gómez Méndez.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor.
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