Jurismart

DECRETO 88 de 1990

Por el cual se fija la remuneración de empleos de la Corporación para la Reconstrucción y Desarrollo del Departamento del Cauca, CRC, y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

Tipo
DECRETO
Número
88
Año
1990
Entidad
DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 76 de 1989,

DECRETA:

Artículo 1o.

A partir del 1o. de enero de 1990, la asignación básica mensual de los actuales empleados públicos de la Corporación para la Reconstrucción y Desarrollo del Departamento del Cauca, se incrementará de acuerdo con la siguiente escala:

ASIGNACION BASICA 1989 PORCENTAJE (%)

Desde $32.900 Hasta $ 37.500 26 Desde 37.501 Hasta 97.650 23 Desde 97.651 en adelante 20

Artículo 2o.

La Corporación para la Reconstrucción y Desarrollo del Departamento del Cauca deberá someter a aprobación del Gobierno Nacional el proyecto de planta de personal, ajustado a lo dispuesto en el artículo 1o. del Decreto-ley 41 de 1989, si no lo hicieren, a partir del 1o. de agosto de 1990 no se aprobarán acuerdos de gastos para servicios personales.

Artículo 3o.

Los actuales empleados públicos que sean incorporados a la Planta de Personal que se fije en desarrollo de lo dispuesto en el artículo anterior, en cargos a los cuales corresponda una remuneración inferior a la que perciban, continuarán con la remuneración que devenguen en el momento de la incorporación hasta la fecha en que se retiren del servicio, o pasen a un cargo de remuneración superior.

Artículo 4o.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga los artículos 2 y 4 del Decreto-ley 41 de 1989 y demás disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 1990.

Afecta la vigencia de: Deroga Artículo 2 DECRETO 41 de 1989 Deroga Artículo 4 DECRETO 41 de 1989 Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 4 de enero de 1990.

VIRGILIO BARCO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Alarcón Mantilla.

El Jefe del Departamento Administrativo Nacional de Planeación, Luis Bernardo Flórez Enciso.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, William René Parra Gutiérrez.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar