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DECRETO 3124 de 2007

por el cual se establece la planta de personal de Empleados Públicos del Ministerio de Defensa Nacional-Unidad de Gestión General y se dictan otras disposiciones.

Tipo
DECRETO
Número
3124
Año
2007
Entidad
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 54 literal n) y 115 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto-ley 092 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Defensa Nacional-Unidad de Gestión General presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que tratan las disposiciones vigentes, el cual emitió concepto técnico favorable y cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de establecer su planta de personal de conformidad con el Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos contemplada en el Decreto-ley 092 de 2007 y a la nueva estructura;

Que mediante Resolución Ministerial, fue expedida la Tabla de Organización “TO” de los empleos de la Planta de Personal del Ministerio de Defensa Nacional-Unidad de Gestión General a que se refiere el artículo 20 del Decreto 092 de 2007 en la cual se efectuaron las equivalencias de los empleos de acuerdo a la nomenclatura y clasificación establecida en el mencionado decreto;

Que el artículo 21 del Decreto 092 de 2007, ordenó que la Planta de Personal debe ser ajustada al Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos del Sector Defensa establecido en el mismo Decreto, con fundamento en la Tabla de Organización “TO” expedida para cada entidad o dependencia;

Que teniendo en cuenta que las denominaciones para los empleos de Ministro y Viceministros, no se encuentran en el Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos de las Entidades que integran el Sector Defensa, Decreto-ley 092 de 2007, dichas denominaciones se incluirán de acuerdo a lo dispuesto por el Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos de la Rama Ejecutiva en el Decreto 2489 de 2006,

DECRETA:

Artículo 1°.

Las funciones propias del Ministerio de Defensa Nacional-Unidad de Gestión General, serán desarrolladas por la planta de personal de empleados públicos que se establece a continuación:

DESPACHO DEL MINISTRO N° CARGOS DENOMINACION CODIGO GRADO 1 (Uno) Ministro 0005 - 6 (Seis) Asesor del Sector Defensa 2-2 32 1 (Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 30 3 (Tres) Asesor del Sector Defensa 2-2 26 1 (Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 18 1 (Uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 24 1 (Uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 22 DESPACHO DEL VICEMINISTRO PARA LAS POLITICAS Y ASUNTOS INTERNACIONALES N° CARGOS DENOMINACION CODIGO GRADO 1 (Uno) Viceministro 0020 - 1 (Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 32 1 (Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 30 3 (Tres) Asesor del Sector Defensa 2-2 26 2 (Dos) Asesor del Sector Defensa 2-2 22 1 (Uno) Profesional de Defensa 3-1 18 1 (Uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 24 DESPACHO DEL VICEMINISTRO PARA LA ESTRATEGIA Y PLANEACION N° CARGOS DENOMINACION CODIGO GRADO 1 (Uno) Viceministro 0020 - 1 (Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 32 3 (Tres) Asesor del Sector Defensa 2-2 26 1 (Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 22 1 (Uno) Profesional de Defensa 3-1 18 1 (Uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 24 DESPACHO DE LA SECRETARIA GENERAL DEL MINISTERIO DE DEFENSA N° CARGOS DENOMINACION CODIGO GRADO 1 ( Uno) Secretario General de Ministerio de Defensa 1-1 23 1 (Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 32 1 (Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 30 3 (Tres) Asesor del Sector Defensa 2-2 26 1 ( Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 24 PLANTA GLOBAL N° CARGOS DENOMINACION CODIGO GRADO 1 (Uno) Director del Sector Defensa 1-3 21 15 (Quince) Director del Sector Defensa 1-3 18 3 (Tres) Jefe de Oficina del Sector Defensa 1-4 15 1 (Uno) Obispo Castrense 1-5 - 1 (Uno) Vicario Castrense 1-5-1 - 2(Dos) Asesor del Sector Defensa 2-2 30 4 (Cuatro) Asesor del Sector Defensa 2-2 26 1 ( Uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 24 4 (Cuatro) Asesor del Sector Defensa 2-2 22 11 (Once) Asesor del Sector Defensa 2-2 18 3 (Tres) Asesor del Sector Defensa 2-2 14 4 (Cuatro) Asesor del Sector Defensa 2-2 10 8 (Ocho) Asesor del Sector Defensa 2-2 8 6 (Seis) Asesor del Sector Defensa 2-2 6 6 (Seis) Asesor del Sector Defensa 2-2 4 6 (Seis) Asesor del Sector Defensa 2-2 2 1 (Uno) Profesional de Defensa 3-1 21 20 (Veinte) Profesional de Defensa 3-1 18 9 (Nueve) Profesional de Defensa 3-1 16 16 (Dieciséis) Profesional de Defensa 3-1 14 18 (Dieciocho) Profesional de Defensa 3-1 12 2 (Dos) Profesional de Defensa 3-1 11 37 (Treinta y Siete) Profesional de Defensa 3-1 10 24 (Veinticuatro) Profesional de Defensa 3-1 8 17 (Diecisiete) Profesional de Defensa 3-1 6 1 (Uno) Orientador Espiritual 4-1 20 2 (Dos) Orientador Espiritual 4-1 18 2 (Dos) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 33 1 (Uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 32 1 (Uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 30 1 (Uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 28 11 (Once) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 26 14 (Catorce) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 24 14 (Catorce) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 22 1 (Uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 21 2 (Dos) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 18 6 (Seis) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 17 11 (Once) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 14 17 (Diecisiete) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 12 1 (Uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 7 2 (Dos) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 6 2 (Dos) Técnico de Servicios 5-1 26 5 (Cinco) Técnico de Servicios 5-1 24 1 (Uno) Técnico de Servicios 5-1 22 2 (Dos) Técnico de Servicios 5-1 17 2 (Dos) Técnico de Servicios 5-1 14 1 (Uno) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 22 5 (Cinco) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 20 16 (Dieciséis) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 19 12 (Doce) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 16 24 (Veinticuatro) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 14 1 (Uno) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 12 3 (Tres) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 11 2 (Dos) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 10 21 (Veintiuno) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 7 14 (Catorce) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 6 14 (Catorce) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 5 7 (Siete) Auxiliar de Servicios 6-1 19 2 (Dos) Auxiliar de Servicios 6-1 16 1 (Uno) Auxiliar de Servicios 6-1 14 1 (Uno) Auxiliar de Servicios 6-1 12 2 (Dos) Auxiliar de Servicios 6-1 9 2 (Dos) Auxiliar de Servicios 6-1 7 486 TOTAL CARGOS

Artículo 2°.

El Ministro de Defensa Nacional, o quien este delegue, mediante resolución distribuirá los cargos de la Planta Global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.

Artículo 3°.

Los funcionarios que a la fecha de la expedición del presente Decreto se encuentren prestando sus servicios en la planta de personal de empleados públicos del Ministerio de Defensa Nacional - Unidad de Gestión General, serán incorporados en los cargos de los que trata el Artículo 1°, en un término máximo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de su publicación.

Artículo 4°.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 1588 de 2000, 1983 de 2002, 058 de 2003, 1296 de 2003 y 3500 de 2006.

Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 58 de 2003 Deroga DECRETO 1296 de 2003 Deroga DECRETO 1588 de 2000 Deroga DECRETO 1983 de 2002 Deroga DECRETO 3500 de 2006 Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de agosto de 2007.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El Ministro de Defensa Nacional, Juan Manuel Santos C.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano.

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