DECRETO 1211 de 1995
por el cual se aprueba el Acuerdo número 002 del 13 de junio de 1995, "por el cual se determina la planta de personal del Instituto Nacional de Salud".
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1211
- Año
- 1995
- Entidad
- MINISTERIO DE SALUD
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Rep·blica de Colombia, en ejercicio de sus facultades Legales, y en especial las conferidas por el Decreto 1291 de 1994,á áá
DECRETA:
á áá ARTICULO 1║. ApruÚbase el Acuerdo n·mero 002 del 13 de junio de 1995, "por el cual se determina la planta de personal del Instituto Nacional de Salud", cuyo texto es el siguiente:á áá INSTITUTO NACIONAL DE SALUD á áá ACUERDO NUMERO 002 DE 1995á áá (junio 13)á áá por el cual se determina la planta de personal del Instituto Nacional de Salud. á áá La Junta Directiva del Instituto Nacional de Salud, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artÝculo 30 del Decreto 1291 de 1994,á áá
ACUERDA:
á áá ArtÝculo 1║. SuprÝmense de la Planta de Personal del Instituto Nacional de Salud, establecida mediante Acuerdo n·mero 13 del 9 de agosto de 1993, aprobado por el Decreto 1734 del 1║ de septiembre de 1993, los cargos que se relacionan a continuaci¾n:á No. DE CARGOS á DEPENDENCIA Y DENOMINACIËN DEL EMPLEO á CËDIGO á GRADO á DESPACHO DEL DIRECTORá (1) unoá Secretario Ejecutivoá 5040á 18á PLANTA DE PERSONAL GLOBALIZADAá (5) cincoá Investigador CientÝficoá 3000á 20á (5) cincoá Investigador CientÝficoá 3000á 16á (3) tresá Investigador CientÝficoá 3000á 14á (4) cuatroá Investigador CientÝficoá 3000á 12á (4) cuatroá Profesional Especializadoá 3010á 14á (3) tresá Profesional Universitarioá 3020á 12á (2) dosá Profesional Universitarioá 3020á 10á (3) tresá Profesional Universitarioá 3020á 08á (5) cincoá Profesional Universitarioá 3020á 06á (6) seisá TÚcnico Administrativoá 4065á 09á (3) tresá TÚcnico Operativoá 4080á 10á (7) sieteá Auxiliar de TÚcnicoá 4110á 06á (2) dosá Secretario Ejecutivoá 5040á 20á (1) unoá Secretario Ejecutivoá 5040á 18á (6) seisá Auxiliar Administrativoá 5120á 12á (7) sieteá Auxiliar Administrativoá 5120á 10á (6) seisá Auxiliar Administrativoá 5120á 08á (1) unoá Secretarioá 5140á 10á (1) unoá Secretarioá 5140á 09á (4) cuatroá Operario Calificadoá 5300á 15á (4) cuatroá Operario Calificadoá 5300á 11á (13) treceá Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 15á (6) seisá Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 09á (26) veintisÚisá Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 07á ArtÝculo 2║. El Instituto Nacional de Salud, reestructurado por el Decreto 1291 de 1994, cumplirß las funciones de las distintas dependencias, con la planta de personal, que a continuaci¾n se establece:á No. DE CARGOS á DEPENDENCIA Y DENOMINACIËN DEL EMPLEO á CËDIGO á GRADO á DESPACHO DEL DIRECTORá (1) unoá Director General de Establecimiento P·blicoá 0015á 20á (2) dosá Asesorá 1020á 10á (1) unoá Conductor Mecßnicoá 5310á 09á PLANTA GLOBALá (4) cuatroá Subdirector General de Establecimiento P·blicoá 0040á 16á (1) unoá Secretario General de Entidad Descentralizadaá 0037á 16á (5) cincoá Jefe de Oficinaá 2045á 24á (12) doceá Jefe de Divisi¾ná 2040á 22á (4) cuatroá Investigador CientÝficoá 3000á 22á (14) catorceá Investigador CientÝficoá 3000á 20á (10) diezá Investigador CientÝficoá 3000á 16á (4) cuatroá Investigador CientÝficoá 3000á 15á (12) doceá Investigador CientÝficoá 3000á 14á (11) onceá Investigador CientÝficoá 3000á 12á (4) cuatroá Profesional Especializadoá 3010á 20á (4) cuatroá Profesional Especializadoá 3010á 19á (3) tresá Profesional Especializadoá 3010á 18á (7) sieteá Profesional Especializadoá 3010á 16á (5) cincoá Profesional Especializadoá 3010á 14á (9) nueveá Profesional Universitarioá 3020á 12á (18) dieciochoá Profesional Universitarioá 3020á 10á (25) veinticincoá Profesional Universitarioá 3020á 08á (32) treinta y dosá Profesional Universitarioá 3020á 06á (2) dosá Analista de Sistemasá 4005á 15á (3) tresá Programador de Sistemasá 4060á 12á (1) unoá TÚcnico Administrativoá 4065á 09á (5) cincoá TÚcnico Operativoá 4080á 10á (11) onceá Auxiliar de TÚcnicoá 4110á 06á (5) cincoá Asistente Administrativoá 4140á 15á (4) cuatroá Secretario Ejecutivoá 5040á 20á (3) tresá Secretario Ejecutivoá 5040á 18á (9) nueveá Auxiliar Administrativoá 5120á 12á (10) diezá Auxiliar Administrativoá 5120á 10á (20) veinteá Auxiliar Administrativoá 5120á 08á (9) nueveá Secretarioá 5140á 10á (10) diezá Secretarioá 5140á 09á (4) cuatroá Operario Calificadoá 5300á 15á (12) doceá Operario Calificadoá 5300á 11á (10) diezá Conductor Mecßnicoá 5310á 11á (4) cuatroá Conductor Mecßnicoá 5310á 09á (15) quinceá Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 15á (40) cuarentaá Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 09á (43) cuarenta y tresá Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 07á ArtÝculo 3║. El Director General del Instituto Nacional de Salud, mediante resoluci¾n, distribuirß los cargos de la planta global y ubicarß el personal teniendo en cuenta la estructura interna, los planes, programas y necesidades del servicio.á áá ArtÝculo 4║. Los empleados p·blicos del Instituto Nacional de Salud inscritos en el escalaf¾n de la Carrera Administrativa, que actualmente prestan sus servicios a la entidad y cuyos empleos se suprimen en el artÝculo primero del presente Acuerdo, se sujetarßn a los tÚrminos y condiciones previstos en el artÝculo 8 de la Ley 27 de 1992 y al Decreto 1223 de 1993.á áá ArtÝculo 5║. La incorporaci¾n en la planta de personal de que trata el artÝculo segundo del presente Acuerdo, se efectuarß dentro del tÚrmino de treinta (30) dÝas, contados a partir de la publicaci¾n del decreto que lo apruebe.á áá ArtÝculo 6║. Los funcionarios que sean incorporados a la planta de personal continuarßn percibiendo la remuneraci¾n que les correspondÝa en la planta anterior hasta la fecha en que se posesionen en el respectivo cargo de la planta de personal establecida en el artÝculo segundo del presente Acuerdo.á áá ArtÝculo 7║. La provisi¾n de los cargos se harß hasta por el monto disponible de las apropiaciones de servicios personales y transferencias correspondientes a la vigencia fiscal de 1995.á áá ArtÝculo 8║. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicaci¾n del decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe, deroga el Acuerdo n·mero 13 de 1993 y demßs disposiciones que le sean contrarias.á áá ComunÝquese y c·mplase.á áá Dado en SantafÚ de Bogotß, D.C., aá áá El Presidente,á áá (Fdo.) Alonso G¾mez Duque, Ministro de Salud. á áá La Secretaria,á áá (Fdo.) Bertha Xiomara Daza SantafÚ, á áá Secretaria General INS╗á áá ARTICULO 2║. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci¾n y deroga el Decreto 1733 de 1993 y demßs disposiciones que le sean contrarias.á Afecta la vigencia de: Derogaáá DECRETO 1733 de 1993 PublÝquese y c·mplase.á áá Dado en SantafÚ de Bogotß, D.C., a 14 de julio de 1995.á áá ERNESTO SAMPER PIZANO á áá Ministro de Salud,á áá Alonso G¾mez Duque. á áá El Viceministro Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y CrÚdito P·blico,á áá Francisco Azuero Z·±iga. á áá El Director Departamento Administrativo de la Funci¾n P·blica,á áá Eduardo Gonzßlez Montoya. á
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