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DECRETO 4963 de 2011

por el cual se establece el auxilio de transporte.

Tipo
DECRETO
Número
4963
Año
2011
Entidad
MINISTERIO DE TRABAJO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en las Leyes 15 de 1959 y 4ª de 1992,

DECRETA:

Artículo 1°.

Fijar a partir del primero (1°) de enero de dos mil doce (2012), el auxilio de transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen hasta dos (2) veces el salario mínimo legal mensual vigente, en la suma de sesenta y siete mil ochocientos pesos ($67.800,00) moneda corriente, mensuales, el cual se pagará por los empleadores en todos los lugares del país donde se preste el servicio público de transporte.

Artículo 2°.

El presente decreto rige a partir del primero (1°) de enero del año dos mil doce (2012) y deroga el Decreto 4835 de 2010.

Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 4835 de 2010 Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 2011.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo de Jesús Suescún Melo.

El Ministro del Trabajo, Rafael Pardo Rueda.

El Ministro de Transporte, Germán Cardona Gutiérrez.

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