DECRETO 4781 de 2007
por el cual se establece la planta de personal de Empleados Públicos del Ministerio de Defensa Nacional-Fuerza Aérea Colombiana y se dictan otras disposiciones.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 4781
- Año
- 2007
- Entidad
- MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 78 del Decreto-ley 091 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 21 del Decreto 092 de 2007, dispone que las entidades que integran el Sector Defensa deberán ajustar sus plantas de personal al Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos establecido en el mismo decreto, con fundamento en la Tabla de Organización “TO” expedida para cada entidad o dependencia;
Que mediante Resolución número 252 del 24 de mayo de 2007, fue expedida la Tabla de Organización “TO” de la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional - Fuerza Aérea Colombiana a que se refiere el artículo 20 del Decreto 092 de 2007, en la cual se efectuaron las equivalencias de los empleos de acuerdo con la nomenclatura y clasificación establecida en el mencionado decreto;
Que el Ministerio de Defensa Nacional-Fuerza Aérea Colombiana, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, para efectos de modificar su planta de personal, el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005 y las demás disposiciones vigentes, el cual emitió concepto técnico favorable;
Que para los mismos efectos cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
DECRETA:
Artículo 1°.
Ajustase la planta de personal de empleados públicos del Ministerio de Defensa Nacional-Fuerza Aérea Colombiana, de conformidad con el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos especial del Sector Defensa contemplado en el Decreto-ley 092 de 2007, así:
PLANTA GLOBAL Número de Cargos Denominación del cargo Código Grado 38 (treinta y ocho) Profesional de Defensa 3-1 04 8 (ocho) Profesional de Defensa 3-1 02 12 (doce) Profesional de Defensa 3-1 01 18 (dieciocho) Orientador de Defensa 4-1 16 6 (seis) Orientador de Defensa 4-1 14 14 (catorce) Orientador de Defensa 4-1 13 8 (ocho) Orientador de Defensa 4-1 11 9 (nueve) Orientador de Defensa 4-1 10 13 (trece) Orientador de Defensa 4-1 09 6 (seis) Orientador de Defensa 4-1 08 14 (catorce) Orientador de Defensa 4-1 07 2 (dos) Orientador de Defensa 4-1 02 3 (tres) Orientador de Defensa 4-1 01 5 (cinco) Orientador Espiritual 4-1 16 1 (uno) Orientador Espiritual 4-1 14 8 (ocho) Orientador Espiritual 4-1 13 3 (tres) Técnico de Inteligencia 5-1 21 1 (uno) Técnico de Inteligencia 5-1 18 7 (siete) Técnico de Inteligencia 5-1 17 5 (cinco) Técnico de Inteligencia 5-1 14 17 (diecisiete) Técnico de Inteligencia 5-1 12 2 (dos) Técnico de Inteligencia 5-1 04 7 (siete) Técnico de Servicios 5-1 21 11 (once) Técnico de Servicios 5-1 19 32 (treinta y dos) Técnico de Servicios 5-1 18 28 (veintiocho) Técnico de Servicios 5-1 17 26 (veintiséis) Técnico de Servicios 5-1 14 76 (setenta y seis) Técnico de Servicios 5-1 12 3 (tres) Técnico de Servicios 5-1 08 1 (uno) Técnico de Servicios 5-1 07 6 (seis) Técnico de Servicios 5-1 06 6 (seis) Técnico de Servicios 5-1 05 9 (nueve) Técnico de Servicios 5-1 04 5 (cinco) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 21 8 (ocho) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 19 29 (veintinueve) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 18 11 (once) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 17 20 (veinte) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 14 50 (cincuenta) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 12 1 (uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 11 3 (tres) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 06 1 (uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 05 7 (siete) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 04 1 (uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 02 2 (dos) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 01 11 (once) Auxiliar de Servicios 6-1 22 22 (veintidós) Auxiliar de Servicios 6-1 20 22 (veintidós) Auxiliar de Servicios 6-1 19 22 (veintidós) Auxiliar de Servicios 6-1 16 59 (cincuenta y nueve) Auxiliar de Servicios 6-1 14 16 (dieciséis) Auxiliar de Servicios 6-1 12 10 (diez) Auxiliar de Servicios 6-1 11 88 (ochenta y ocho) Auxiliar de Servicios 6-1 10 190 (ciento noventa) Auxiliar de Servicios 6-1 09 192 (ciento noventa y dos) Auxiliar de Servicios 6-1 07 319 (trescientos diecinueve) Auxiliar de Servicios 6-1 06 604 (seiscientos cuatro) Auxiliar de Servicios 6-1 05 121 (ciento veintiuno) Auxiliar de Servicios 6-1 03 116 (ciento dieciséis) Auxiliar de Servicios 6-1 01 2 (dos) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 20 4 (cuatro) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 19 6 (seis) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 16 24 (veinticuatro) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 14 1 (uno) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 12 1 (uno) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 11 22 (veintidós) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 10 62 (sesenta y dos) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 09 104 (ciento cuatro) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 07 67 (sesenta y siete) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 06 173 (ciento setenta y tres) Auxiliar para Apoyo de seguridad y Defensa 6-1 05 17 (diecisiete) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 03 11 (once) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 01 2829 (dos mil ochocientos veintinueve)
Total
Artículo 2°.
Suprímanse los siguientes empleos de la planta de personal de empleados públicos del Ministerio de Defensa Nacional-Fuerza Aérea Colombiana, así:
Planta Global Número de Cargos Denominación del cargo Código Grado 8 (ocho) Profesional de Defensa 3-1 02 12 (doce) Profesional de Defensa 3-1 01 5 cinco) Orientador de Defensa 4-1 11 9 (nueve) Orientador de Defensa 4-1 10 12 (doce) Orientador de Defensa 4-1 09 6 (seis) Orientador de Defensa 4-1 08 14 (catorce) Orientador de Defensa 4-1 07 2 (dos) Orientador de Defensa 4-1 02 3 (tres) Orientador de Defensa 4-1 01 1 (uno) Técnico de Inteligencia 5-1 18 7 (siete) Técnico de Inteligencia 5-1 17 5 (cinco) Técnico de Inteligencia 5-1 14 17 (diecisiete) Técnico de Inteligencia 5-1 12 2 (dos) Técnico de Inteligencia 5-1 04 4 (cuatro) Técnico de Servicios 5-1 21 1 (uno) Técnico de Servicios 5-1 19 13 (trece) Técnico de Servicios 5-1 18 28 (veintiocho) Técnico de Servicios 5-1 17 26 (veintiséis) Técnico de Servicios 5-1 14 76 (setenta y seis) Técnico de Servicios 5-1 12 3 (tres) Técnico de Servicios 5-1 08 1 (uno) Técnico de Servicios 5-1 07 6 (seis) Técnico de Servicios 5-1 06 6 (seis) Técnico de Servicios 5-1 05 9 (nueve) Técnico de Servicios 5-1 04 1 (uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 21 3 (tres) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 19 3 (tres) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 18 10 (diez) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 17 13 (trece) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 14 35 (treinta y cinco) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 12 1 (uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 11 3 (tres) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 06 1 (uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 05 7 (siete) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 04 1 (uno) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 02 2 (dos) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 01 1 (uno) Auxiliar de Servicios 6-1 22 2 (dos) Auxiliar de Servicios 6-1 14 1 (uno) Auxiliar de Servicios 6-1 11 12 (doce) Auxiliar de Servicios 6-1 10 46 (cuarenta y seis) Auxiliar de Servicios 6-1 09 65 (sesenta y cinco) Auxiliar de Servicios 6-1 07 110 (ciento diez) Auxiliar de Servicios 6-1 06 215 (doscientos quince) Auxiliar de Servicios 6-1 05 59 (cincuenta y nueve) Auxiliar de Servicios 6-1 03 53 (cincuenta y tres) Auxiliar de Servicios 6-1 01 1 (uno) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 09 3 (tres) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 07 52 (cincuenta y dos) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 06 121 (ciento veintiuno) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 05 17(diecisiete) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 03 11 (once) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 01 1.125 (mil ciento veinticinco)
Total
Artículo 3°.
Créanse en la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional-Fuerza Aérea Colombiana, los siguientes empleos:
PLANTA GLOBAL Número de cargos Denominación del cargo Código Grado 1 (uno) Profesional de Defensa 3-1 12 1 (uno) Profesional de Defensa 3-1 06 127 (ciento veintisiete) Profesional de Defensa 3-1 04 1 (uno) Profesional de Defensa 3-1 02 1 (uno) Profesional de Defensa 3-1 01 10 (diez) Orientador de Defensa 4-1 16 48 (cuarenta y ocho) Orientador de Defensa 4-1 13 4 (cuatro) Orientador de Defensa 4-1 12 31 (treinta y uno) Técnico de Inteligencia 5-1 21 18 (dieciocho) Técnico de Servicios 5-1 22 4 (cuatro) Técnico de Servicios 5-1 21 24 (veinticuatro) Técnico de Servicios 5-1 19 79 (setenta y nueve) Técnico de Servicios 5-1 18 2 (dos) Técnico de Servicios 5-1 17 1 (uno) Técnico de Servicios 5-1 14 15 (quince) Técnico para apoyo de seguridad y defensa 5-1 21 2 (dos) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 19 38 (treinta y ocho) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 18 11 (once) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 14 198 (ciento noventa y ocho) Auxiliar de Servicios 6-1 12 12 (doce) Auxiliar de Servicios 6-1 11 121 (ciento veintiuno) Auxiliar de Servicios 6-1 10 5 (cinco) Auxiliar de Servicios 6-1 09 31 (treinta y uno) Auxiliar de Servicios 6-1 07 111 (ciento once) Auxiliar de Servicios 6-1 06 62 (sesenta y dos) Auxiliar de Servicios 6-1 05 2 (dos) Auxiliar de Servicios 6-1 03 182 (ciento ochenta y dos) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 07 18 (dieciocho) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 05 1.160 (mil ciento sesenta)
Total
Artículo 4°.
El número de trabajadores oficiales al servicio de la Fuerza Aérea Colombiana será de cinco (5).
Artículo 5°.
Los empleados públicos del Ministerio de Defensa Nacional-Fuerza Aérea Colombiana, serán incorporados directamente a los empleos equivalentes establecidos en el presente decreto y continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la planta de personal.
Artículo 6°.
El Ministro de Defensa Nacional o quien este delegue, mediante resolución, distribuirá los cargos de la Planta Global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Artículo 7°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 1748 de 1993 en lo pertinente a la Fuerza Aérea Colombiana y demás normas que le sean contrarias.
Afecta la vigencia de: Deroga en lo pertinente (Fuerza Aérea Colombiana ) DECRETO 1748 de 1993 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 12 de diciembre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar El Ministro de Defensa Nacional.
Juan Manuel Santos C.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano.
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