DECRETO 3688 de 2004
por el cual se modifica parcialmente el Decreto 246 de 2004.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 3688
- Año
- 2004
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
Artículo 1°.
El artículo 28, numeral 24, del Decreto 246 de 2004, quedará así: “24. Conceptuar, en coordinación con la Oficina Asesora de Jurídica, sobre la aplicación en el nivel nacional de las normas de presupuesto público y, previa delegación del Ministro de Hacienda y Crédito Público, atender las demandas y reclamaciones que se presenten ante los tribunales competentes en contra de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en dicho tema, y mantener actualizado el registro de los procesos que sean atendidos por la dependencia.”
Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (numeral 24 ) Artículo 28 DECRETO 246 de 2004
Artículo 2°.
El artículo 52, numeral 9, del Decreto 246 de 2004, quedará así: “9. Conceptuar, en coordinación con la Oficina Asesora de Jurídica, sobre la aplicación de las normas fiscales, tributarias territoriales, y normas de presupuesto público en las entidades territoriales, de acuerdo con el sistema que rige en el Nivel Nacional, y previa delegación del Ministro de Hacienda y Crédito Público, atender las demandas y reclamaciones que se presenten ante los tribunales competentes en contra de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en dichos temas, y mantener actualizado el registro de los procesos que sean atendidos por la dependencia.”
Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (numeral 9 ) Artículo 52 DECRETO 246 de 2004
Artículo 3°.
Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 246 de 2004.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 10 de noviembre de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano.
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