Jurismart

DECRETO 3570 de 2003

por el cual se establece una bonificación por compensación para los Magistrados de Tribunal y otros funcionarios.

Tipo
DECRETO
Número
3570
Año
2003
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO LEY El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales seńaladas en la Ley 4Ş de1992,

DECRETA:

Artículo 1°.

A partir del 1° de enero de 2003, la bonificación por compensación, con carácter permanente para los funcionarios que se seńalan a continuación, quedará así: Magistrados de Tribunal Nacional de Orden Público 2.491.911 Fiscales Delegados ante Tribunal Nacional 2.491.911 Magistrados de Tribunal y Consejo Seccional 2.913.124 Magistrados y Fiscales del Tribunal Superior Militar 2.913.124 Magistrados Auxiliares 2.913.124 Fiscales Delegados ante Tribunales de Distrito 2.913.124 Fiscales Auxiliares ante la Corte Suprema de Justicia 2.913.124 Secretarios Generales de la Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado y Corte Constitucional y Secretario Judicial del Consejo Superior de la Judicatura 2.954.968

La bonificación por compensación, pagadera mensualmente, solo constituirá factor salarial para efectos de determinar las pensiones de vejez, invalidez y sobrevivientes, y hará parte integral en su totalidad del ingreso base de liquidación debiendo cotizarse mensualmente sobre lo devengado, incluyendo esta bonificación, monto a tener en cuenta para el reconocimiento de las pensiones.

Parágrafo.
En todo caso para tener derecho a la bonificación por compensación de que trata el presente decreto se deberán reunir los requisitos constitucionales, legales y reglamentarios para ejercer el cargo.

Artículo 2ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 663 de 2002 y demás disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1ş de enero de 2003. Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 663 de 2002 Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 11 de diciembre de 2003.

ÁLVARO URIBE VELEZ El Ministro del Interior y de Justicia, Sabas Pretelt de la Vega.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.

El Director Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar