DECRETO 3233 de 2002
por el cual se establece el auxilio de transporte.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 3233
- Año
- 2002
- Entidad
- MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 15 de 1959 y la Ley 4Ş de 1992,
DECRETA:
Artículo 1ş. Fijar a partir del primero (1ş) de enero de dos mil tres (2003) el auxilio de transporte a cargo de los empleadores, a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen un salario mensual básico hasta dos (2) veces el salario mínimo legal mensual vigente, en la suma de treinta y siete mil quinientos pesos ($37.500.); el cual se pagará en todos los lugares del país en donde se preste el servicio público de transporte.
Artículo 2.
ş. El presente decreto rige a partir del primero (1ş) de enero del ańo dos mil tres (2003) y deroga el Decreto número 2909 de diciembre 31 de 2001. Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 2909 de 2001
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de diciembre de 2002.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Roberto Junguito Bonnet.
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Juan Luis Londońo de la Cuesta.
El Ministro de Transporte, Andrés Uriel Gallego.
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