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DECRETO 3103 de 1997

por el cual se establece el auxilio de transporte.

Tipo
DECRETO
Número
3103
Año
1997
Entidad
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO FE DE ERRATAS EN EL DIARIO OFICIAL NUMERO 43205 DEL MIERCOLES 31 DE DICIEMBRE DE 1997, SE PUBLICO EL DECRETO NUMERO 3103 DE 1997, EN EL CUAL EL ARTICULO SEGUNDO APARECE CON UN ERROR DE TRANSCRIPCION. POR LO ANTERIOR A CONTINUACION PUBLICAMOS EN SU TOTALIDAD DICHO ARTÍCULO:

Artículo 2.

El presente decreto empieza a regir a partir del primero (1.) de enero de mil novecientos noventa y ocho (1998) y deroga el Decreto 2335 de 1996.

FE DE ERRATAS PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL AŃO CXXXIII N.43210, 8, ENERO, 1998. PAG.1.

El Presidente de la República, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 15 de 1959 y la Ley 4ş de 1992,

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Fijar a partir del primero (1ş) de enero de mil novecientos noventa y ocho (1988), el auxilio de transporte a cargo de los empleadores, a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen un salario mensual básico hasta de dos (2) veces el salario mínimo legal vigente, en la suma de veinte mil setecientos pesos ($20.700) moneda corriente, mensuales; el cual se pagará en todos los lugares del país en donde se preste el servicio público de transporte.

Artículo 2ş. El presente decreto empieza a regir a partir del primero (1ş) de enero de mil novecientos noventa y ocho (1988) y deroga el Decreto 2335 de 1996. Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 2335 de 1996 Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 30 de diciembre de 1997.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Eduardo Fernández Delgado.

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