DECRETO 2912 de 1990
por el cual se dictan medidas sobre corporaciones de ahorro y vivienda.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2912
- Año
- 1990
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1°.
El literal g) del artículo 1° del Decreto 721 de 1987, quedará así:
“g) Construcción o adquisición de edificaciones distintas de vivienda, tales como locales, oficinas, parqueaderos, hoteles, bodegas, incluyendo el componente de construcción de proyectos de inversión en el sector industrial, turístico, agropecuario y minero”.
Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (literal g ) Artículo 1 DECRETO 721 de 1987
Artículo 2°.
El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 4 de diciembre de 1990.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez.
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