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DECRETO 2847 de 2009

por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Banco Agrario de Colombia. S.A.

Tipo
DECRETO
Número
2847
Año
2009
Entidad
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con los literales m) y n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva del Banco Agrario de Colombia S.A. decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional la modificación de su planta de personal, de acuerdo con el Acta número 390 del 12 de febrero de 2009.

Que el Banco Agrario de Colombia S.A. presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico del que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal, obteniendo el concepto técnico favorable de ese Departamento.

Que el Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, en su artículo 3°, establece que las Empresas Industriales y Comerciales del Estado de carácter financiero, como es el caso del Banco Agrario de Colombia S.A., no hacen parte del Presupuesto General de la Nación y que, por tal motivo, no requiere viabilidad presupuestal por parte de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

DECRETA:

Artículo 1°.

Las funciones propias del Banco Agrario de Colombia S.A. serán cumplidas por la planta de empleados públicos que se establece a continuación así:

Número de empleos Denominación del empleo Código Grado 1 (Uno) Presidente --- --- 1 (Uno) Jefe de Oficina 0137 20

Artículo 2°.

El número de trabajadores oficiales al servicio del Banco Agrario de Colombia S.A. será hasta de cuatro mil setecientos cincuenta y cinco (4.755).

Artículo 3°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 2680 de 2008.

Afecta la vigencia de: Modifica DECRETO 2680 de 2008 Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 31 de julio de 2009.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Andrés Darío Fernández Acosta.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor.

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