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DECRETO 2796 de 1997

por el cual se aprueba el Acuerdo número 15 del 16 de octubre de 1997, que establece la planta de personal de empleados públicos del Instituto Nacional de Cancerología, Empresa Social del Estado, y se determina el número de trabajadores oficiales.

Tipo
DECRETO
Número
2796
Año
1997
Entidad
MINISTERIO DE SALUD
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978,

DECRETA:

Artículo 1ş. Apruébase el Acuerdo número 15 del 16 de octubre de 1997, emanado de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Cancerología, Empresa Social del Estado, que establece la planta de personal de empleados públicos y se determina el número de trabajadores oficiales, cuyo texto es el siguiente:

«ACUERDO NUMERO 15 DE 1997 (octubre 16) por el cual se establece la planta de personal de empleados públicos del Instituto Nacional de Cancerología, empresa social del Estado, y se determina el número de trabajadores oficiales.

La Junta Directiva del Instituto Nacional de Cancerología, empresa social del Estado, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el literal g) del artículo 8ş del Decreto 1287 de 1994 y por el numeral 7ş, artículo 7ş de los Estatutos Internos de la Entidad adoptados mediante Acuerdo de Junta Directiva número 013 del 14 de junio de 1996 y aprobados por el Decreto 1419 del 13 de agosto de 1996.

ACUERDA:

Artículo 1ş. Las funciones propias de las dependencias del Instituto Nacional de Cancerología, empresa social del Estado, dentro del marco del Decreto 1287 de 1994, serán desarrolladas por la planta de personal de empleados públicos que a continuación se adopta:

Nş de empleos Denominación Código Grado DESPACHO DEL DIRECTOR 1 Secretario General de Entidad Descentralizada 0015 21 1 Asesor 1020 08 2 Secretario Ejecutivo 5040 22 1 Secretario Ejecutivo 5040 21 PLANTA GLOBAL 1 Secretario General de Entidad Descentralizada 0037 15 1 Jefe de Oficina 2045 23 6 Jefe de División 2040 23 4 Médico Especialista 3120 20 1 Investigador Científico 3000 19 2 Investigador Científico 3000 18 148 Profesional Especializado 3010 21 1 Profesional Especializado 3010 19 1 Profesional Especializado 3010 18 1 Profesional Especializado 3010 16 29 Profesional Especializado 3010 15 16 Profesional Especializado 3010 14 56 Profesional Universitario 3020 13 29 Profesional Universitario 3020 12 22 Profesional Universitario 3020 11 2 Profesional Universitario 3020 10 1 Profesional Universitario 3020 06 2 Analista de Sistemas 4005 15 1 Programador de Sistemas 4060 13 5 Técnico Administrativo 4065 16 1 Técnico Administrativo 4065 15 7 Técnico Administrativo 4065 13 2 Técnico Operativo 4080 15 9 Técnico Operativo 4080 14 44 Técnico Operativo 4080 13 3 Coordinador 5005 23 2 Secretario Ejecutivo 5040 22 7 Secretario Ejecutivo 5040 21 3 Secretario Ejecutivo 5040 19 65 Secretario Ejecutivo 5040 17 15 Secretario Ejecutivo 5040 16 1 Pagador 5045 22 13 Auxiliar Administrativo 5120 15 4 Auxiliar Administrativo 5120 13 13 Auxiliar Administrativo 5120 12 6 Auxiliar Administrativo 5120 11 2 Secretario 5140 13 2 Ayudante de Oficina 5155 09 Artículo 2ş. El Director General del Instituto Nacional de Cancerología, empresa social del Estado, distribuirá los empleos de la planta global de que trata el artículo anterior, según la naturaleza de las funciones, la estructura interna y las necesidades que se presenten para la prestación de los servicios y el desarrollo de los planes y programas trazados por el Instituto.

Artículo 3ş. De conformidad con lo establecido en el artículo 76 del Decreto-ley 1042 de 1978 fíjase con cuatrocientos ochenta y dos (482) el número de trabajadores oficiales al servicio del Instituto Nacional de Cancerología, empresa social del Estado.

Artículo 4ş. Los funcionarios que sean incorporados a la planta de personal del Instituto Nacional de Cancerología, empresa social del Estado, continuarán devengando el salario que les correspondía en la planta anterior hasta la fecha en que tomen posesión del nuevo cargo de la planta de personal establecida mediante el presente acuerdo.

Artículo 5ş. El Director General del Instituto Nacional de Cancerología, empresa social del Estado, podrá crear y organizar grupos internos de trabajo con el fin de desarrollar con eficiencia y eficacia los objetivos, políticas, planes y programas del Instituto.

Artículo 6ş. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del Decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe y deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial el Acuerdo número 015 de 24 de noviembre de 1995.

Comuníque y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los diez y seis (16) días del mes de octubre de 1997.

El Presidente de la Junta, (Fdo.) Silvia Emma Herrera Camargo.

El Secretario de la Junta, (Fdo.) Henry Ladino Díaz».

Artículo 2°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 0179 del 24 de enero de 1996.

Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 179 de 1996 Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 20 de noviembre de 1997.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo Gaviria.

La Ministra de Salud, María Teresa Forero de Saade.

El Director Departamento Administrativo de la Función Pública, Edgar Alfonso González Salas.

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