DECRETO 2771 de 1991
por el cual se modifica parcialmente el articulo 1 del Decreto 732 de 1979.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2771
- Año
- 1991
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la Rep·blica de Colombia, en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confieren el numeral 11 del artĒculo 189 de la Constituci¾n PolĒtica de Colombia y el artĒculo 1° de la Ley 3a de 1966, Ā Ā
DECRETA:
Ā ArtĒculo 1 ║. Los derechos de faros y boyas de que trata el artĒculo 1║ del Decreto n·mero 732 de 1979, se pagarßn a las tarifas establecidas en el mismo en d¾lares de los Estados Unidos de Norteamķrica, convertidos en moneda legal colombiana a la tasa de cambio representativa del mercado, informada por la Superintendencia Bancaria para la fecha en que se efect·e el respectivo pago, la cual corresponde a la del dĒa hßbil inmediatamente anterior.Ā ĀĀ Afecta la vigencia de: Modifica parcialmenteĀĀ ArtĒculo 1ĀDECRETO 732 de 1979
Artículo 2.
║. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci¾n y deroga las normas que le sean contrarias, en especial el Decreto 732 de 1979 en su parte pertinente.Ā Afecta la vigencia de: Deroga en lo pertinenteĀĀ DECRETO 732 de 1979 PublĒquese, comunĒquese y c·mplase.Ā ĀĀ Dado en Santafķ de Bogotß, D. C., a 16 de diciembre de 1991.Ā ĀĀ CESAR GAVIRIA TRUJILLO Ā ĀĀ El Ministro de Hacienda y Crķdito P·blicoĀ ĀĀ Rudolf Hommes Rodriguez. Ā ĀĀ El Ministro de Defensa Nacional,Ā ĀĀ Rafael Pardo Rueda. Ā ĀĀ El Ministro de Obras P·blicas y Transporte,Ā ĀĀ Juan Felipe Gaviria Gutierrez. Ā
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