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DECRETO 2680 de 1999

por el cual se modifican las disposiciones aplicables al Registro de Importación

Tipo
DECRETO
Número
2680
Año
1999
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de la Ley 7ş de 1991,

DECRETA:

Artículo 1ş. El registro de importación ante el Ministerio de Comercio Exterior, será obligatorio exclusivamente para las importaciones de bienes sometidas al régimen de licencia previa, descripciones mínimas, visto bueno y para las realizadas al amparo de un Programa Especial de importación-exportación.

Artículo 2ş. Se entiende por visto bueno los trámites previos a la importación para aquellos productos sometidos a:

- Registro sanitario o autorización previa de carácter sanitario.

- Norma técnica obligatoria.

- Permiso fitosanitario o zoosanitario o que requieren licencia o registro de venta.

- Certificado de emisiones de prueba dinámica.

- Cupo por salvaguardias cuantitativas.

- Control por protección de la capa de ozono.

- Política de absorción de producción nacional.

Artículo 3ş. Adicional a los permisos mencionados en el artículo anterior, para los efectos del presente decreto se entienden sometidos a visto bueno previo a la importación:

- Los recursos pesqueros.

- Los vehículos o sus componentes no sometidos a norma técnica obligatoria.

- Los equipos de vigilancia y seguridad privada.

- Los isótopos radioactivos y material radioactivo.

- Las prendas privativas de la Fuerza Pública.

- Los hidrocarburos y gasolina.

Artículo 4ş. El presente decreto rige a partir del primero de marzo del ańo 2000 y modifica en lo pertinente la Resolución 1 de 1995 del Consejo Superior de Comercio Exterior.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 28 de diciembre de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO El Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos Felipe Jaramillo Jiménez.

La Ministra de Comercio Exterior, Marta Lucía Ramírez de Rincón.

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