DECRETO 2537 de 1994
por la cual se establece la planta de personal de las Unidades Administrativas Especiales del Ministerio de Educación Nacional, y se dictan otras disposiciones
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2537
- Año
- 1994
- Entidad
- MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad conferida en el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en especial de las facultades legales otorgadas en el Decreto-ley 1042 de 1978 y por el artículo 33 del Decreto 1953 de 1994,
DECRETA:
Artículo 1.
ş. Suprimir de la planta de personal administrativo para los establecimientos educativos dependientes del Ministerio de Educación Nacional, creada mediante el Decreto 3190 de 1968, en concordancia con las Resoluciones números 11000 y 12332 del 2 y 18 de agosto de 1978 respectivamente, los cargos del Instituto Electrónico de Idiomas que a continuación se relacionan:
Nş DE CARGOS DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO 1 Director de Centro 2105 3 1 Asistente Administrativo 4140 10 1 Dibujante 4095 5 1 Pagador 5045 3 1 Coordinador 5005 16 1 Supervisor 5105 12 1 Secretario 5140 10 2 Cajero 5095 10 1 Almacenista 5080 9 1 Operario Calificado 5300 11 4 Operario Calificado 5300 9 2 Operario Calificado 5300 7 4 ayudante de Oficina 5155 7 1 Auxiliar Administrativo 5120 9 1 Secretario Ejecutivo 5040 13 2 Auxiliar de Servicios Generales 5335 5 6 Auxiliar de Servicios Generales 5335 3
Artículo 2.
ş. En desarrollo del artículo 33 del Decreto-ley 1953 de 1994, las funciones propias del Instituto Electrónico de Idiomas serán cumplidas por la Planta de Personal que se establece a continuación:
Nş DE CARGOS DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO 1 Director de Unidad Administrativa Especial de Ministerio 2025 08 2025 8 1 Asistente Administrativo 4140 16 1 Técnico Administrativo 4065 11 1 Técnico Operativo 4080 10 2 Técnico Operativo 4080 7 2 Auxiliar Técnico 4110 6 1 Secretario Ejecutivo 5040 16 2 Secretario Ejecutivo 5040 13 1 Secretario Ejecutivo 5040 11 1 Almacenista 5080 13 3 Auxiliar Administrativo 5120 11 1 Auxiliar Administrativo 5120 9 2 Auxiliar de Servicios Generales 5335 9 5 Auxiliar de Servicios Generales 5335 7 TEXTO CORRESPONDIENTE A Derogado Artículo 3 DECRETO 3118 de 1997
Artículo 3.
ş. En desarrollo del artículo 33 del Decreto-ley 1953 de 1994, las funciones propias de la Junta Central de Contadores serán cumplidas por la Planta de Personal que se establece a continuación:
Nş DE CARGOS DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO 1 Director de Unidad Administrativa Especial de Ministerio 2025 22 2025 22 2 Asesor 1020 6 4 Profesional Universitario 3020 9 1 Técnico Administrativo 4065 7 1 Secretario Ejecutivo 5040 16 1 Auxiliar Administrativo 5120 10 1 Auxiliar de Servicios Generales 5335 6
Artículo 4.
ş. Los funcionarios que sean incorporados en la nueva planta creada en el artículo segundo de este Decreto continuarán devengando el salario que les correspondía en la anterior planta de personal hasta la fecha de la posesión en el nuevo cargo de la planta que se establece en el artículo segundo del presente Decreto. La incorporación en los nuevos cargos se hará de conformidad con lo establecido en el artículo 81 del Decreto número 1042 de 1978.
Artículo 5.
ş. Las plantas de personal creadas en los artículos segundo y tercero del presente Decreto serán asumidas presupuestalmente con los recursos que le corresponden al Instituto Electrónico de Idiomas y a la Junta Central de Contadores del presupuesto del Ministerio de Educación Nacional.
Artículo 6.
ş. La planta de personal de la Junta Central de Contadores, creada en el artículo tercero del presente Decreto, será suprimida en el momento en que en desarrollo del artículo 26 de la Constitución Política los contadores se organicen en Colegio.
Artículo 7.
ş. El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga el Decreto número 3190 del 27 de diciembre de 1968 y las demás disposiciones que le sean contrarias. Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 3190 de 1968
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 17 de noviembre de 1994.
ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Guillermo Perry Rubio.
El Ministro de Educación Nacional, Arturo Sarabia Better.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Eduardo González Montoya.
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