DECRETO 2408 de 1999
por el cual se establecen los modelos para de los documentos de idoneidad de extranjeros expedidos por el Departamento Administrativo de Seguridad
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2408
- Año
- 1999
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial de las atribuciones que le seńala el artículo 10 de la Ley 4ş de 1981, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 10 de la Ley 4ş de 1981 establece que el Gobierno Nacional reglamentará lo relacionado con los modelos y valor de las cédulas de extranjería, certificados judiciales y carnés mencionados en esa ley;
Que es necesario reglamentar los modelos y características físicas y de contenido para los documentos de identidad de extranjeros expedidos por el Departamento Administrativo de Seguridad;
Que el Departamento Administrativo de Seguridad, buscando prestar un mejor y más eficiente servicio a los extranjeros que deban identificarse con un documento de identidad de extranjeros dentro del territorio nacional, está implementando nuevas y modernas tecnologías en el proceso de expedición de estos documentos;
Que la incorporación y manejo directo de modernas herramientas tecnológicas, implica el cambio y establecimiento de nuevos modelos para los documentos de identidad de extranjeros,
DECRETA:
Artículo 1ş. Los documentos de identidad de extranjeros, que expida el Departamento Administrativo de Seguridad, en las categorías y clases establecidas por las leyes y decretos relacionados, tendrán las siguientes características:
1. Presentación
Tarjeta en PVC y poliéster semirrígido, tipo tarjeta de crédito, con las medidas estándar.
2. Información o contenido del documento
Los documentos de identidad de extranjeros que expida el Departamento Administrativo de Seguridad, contendrán la siguiente información:
ANVERSO Título REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD Contenido CATEGORIA DE DOCUMENTO Y CLASE Número del documento de extranjería Apellidos y nombres del extranjero Nacionalidad Fecha de nacimiento Lugar de nacimiento Sexo R.H.
Fecha de expedición Fecha de vencimiento Fotografía digitalizada a color Firma del extranjero Firma autorizada - DAS REVERSO Microchip para almacenamiento de información Recomendaciones de utilización y aviso en caso de pérdida, en idioma espańol e inglés Espacio para digitalizar la huella dactilar del índice derecho
3. Diseńo del documento
En el anverso y reverso de la tarjeta de PVC se estampará el siguiente diseńo de los documentos de extranjería:
En el contorno la frase "Departamento Administrativo de Seguridad", fondo en tono azul con el escudo del Departamento Administrativo de Seguridad y la sigla DAS.
ANVERSO En el centro del área utilizable, el escudo de la República de Colombia, en una tonalidad que lo haga visible del fondo.
REVERSO En el centro del área utilizable, el escudo del Departamento Administrativo de Seguridad, en una tonalidad que lo haga visible del fondo.
Artículo 2ş. El anverso de los documentos de identidad de extranjeros estará cubierto por un overlight con holograma de seguridad.
Artículo 3ş. El Departamento Administrativo de Seguridad determinará los mecanismos y medidas de seguridad y control que deben contener y acompańar los documentos de identidad de extranjeros que éste expida.
Artículo 4ş. El modelo del documento de identidad de extranjeros establecido por el presente decreto, se utilizará a partir del 1ş de febrero del ańo 2000.
Artículo 5ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 30 de noviembre de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO El Director del Departamento Administrativo de Seguridad, Teniente Coronel Germán Gustavo Jaramillo Piedrahíta.
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