DECRETO 57 de 2000
Por el cual se modifica el plazo establecido en el artículo 1° del Decreto 1421 del 24 de julio de 1998 - Se amplía el plazo para determinar la metodología tarifaria del servicio de acueducto
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 57
- Año
- 2000
- Entidad
- MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la Rep·blica, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 11 del artĒculo 189 de la Constituci¾n PolĒtica de Colombia, Ā ĀĀ
CONSIDERANDO:
Ā ĀĀ Que el artĒculo 8║ de la Ley 373 de 1997 estableci¾ que la Comisi¾n de Regulaci¾n de Agua Potable y Saneamiento Bßsico definirß una estructura tarifaria que incentive el uso eficiente y de ahorro del agua, y desestimule su uso irracional; Ā Que el artĒculo 10 del Decreto 3102 de 1997 estableci¾ que la Comisi¾n de Regulaci¾n de Agua Potable y Saneamiento Bßsico deberß estimar en sus regulaciones tarifarias, los consumos bßsicos y mßximos de que trata la Ley 142 de 1994 y la Ley 373 de 1997, que incentiven el ahorro del agua; Ā Que el artĒculo 1║ del Decreto 1421 de 1998 estableci¾ el plazo dentro del cual la Comisi¾n de Regulaci¾n de Agua Potable y Saneamiento Bßsico adelantarß los estudios tķcnicos necesarios y establecerß en su metodologĒa tarifaria aplicable al servicio p·blico domiciliario de acueducto, los consumos bßsicos y mßximos por regiones, de conformidad con lo establecido por la Ley 142 de 1994 y la Ley 373 de 1997, que incentiven el ahorro del agua; Ā Que de conformidad con el artĒculo 127 de la Ley 142 de 1994, la Comisi¾n de Regulaci¾n de Agua Potable y Saneamiento Bßsico estß elaborando las bases sobre las cuales efectuarß el estudio para determinar las nuevas metodologĒas para el establecimiento del nuevo marco regulatorio, Ā ĀĀ
DECRETA:
Ā ĀĀ ArtĒculo 1║. AmplĒase el plazo establecido en el artĒculo 1║ del Decreto 1421 de 1998 por un (1) a±o mßs a partir del 24 de enero de 2000.Ā Afecta la vigencia de: AmpliaĀĀ ArtĒculo 1ĀDECRETO 1421 de 1998 ArtĒculo 2║. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedici¾n. Ā ĀĀ PublĒquese y c·mplase. Ā ĀĀ Dado en Santa Fe de Bogotß, D. C., a 20 de enero de 2000. Ā ĀĀ ANDRES PASTRANA ARANGO Ā ĀĀ El Ministro de Desarrollo Econ¾mico, Ā ĀĀ Jaime Alberto Cabal Sanclemente. Ā
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