DECRETO 2313 de 1994
por el cual se adiciona a la estructura interna del Ministerio de Gobierno con la Dirección de Asuntos para las Comunidades Negras y se designan funciones
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2313
- Año
- 1994
- Entidad
- MINISTERIO DE GOBIERNO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Repºblica de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las que le confieren los artÚculos 189 numeral 16 de la Constituciµn PolÚtica y 67 de la Ley 70 de 1993,
DECRETA:
ArtÚculo 1 ¤. Adiciµnase la estructura interna del Ministerio de Gobierno, establecida por el Decreto nºmero 2035 de 1992, con la Direcciµn de Asuntos para las Comunidades Negras, creada por el artÚculo 67 de la Ley 70 de 1993.
ArtÚculo 2 ¤. La Direcciµn de Asuntos para las Comunidades Negras desarrollarà las siguientes funciones: a) Formular y someter a la aprobaciµn del Ministro de Gobierno para su adopciµn por parte del Gobierno Nacional, la polÚtica en materia de comunidades negras, teniendo en cuenta las recomendaciones y sugerencias que surjan de la Comisiµn Consultiva de Alto Nivel; b) Promover acciones, tanto de parte del Ministerio, como de las demÃs agencias del Estado para que las comunidades negras del paÚs sean atendidas debidamente por los programas de acciµn del Gobierno Nacional y tenidas en cuenta en los presupuestos de las diferentes dependencias que guarden relaciµn con programas de las comunidades negras, asÚ como evaluar la implementaciµn de dichas polÚticas en coordinaciµn con las entidades pºblicas con presencia en las zonas de comunidades negras que ejecuten proyectos. En este sentido velar por el cumplimiento de lo dispuesto en el artÚculo 41 de la Ley 70 de 1993; c) Coordinar acciones con las distintas entidades pºblicas, privadas y extranjeras para la implementaciµn y ejecuciµn de programas para las comunidades negras y prestar apoyo al desarrollo autogestionario de dichas comunidades; d) Velar por el respeto y cumplimiento de los principios de igualdad, identidad y autonomÚa cultural de las comunidades negras. En este sentido intervenir en la soluciµn de conflictos que afecten los derechos de estas comunidades; e) Recopilar y divulgar las normas que regulan los derechos de las comunidades negras, como grupo Õtnico, asÚ como las recomendaciones adoptadas por el Gobierno Nacional, la Comisiµn Consultiva de Alto Nivel y los organismos internacionales referentes a la poblaciµn de las comunidades negras, y propender por su actualizaciµn y cumplimiento; f) Fortalecer el sentido solidario y el proceso organizativo interno de las comunidades negras, prestando asesorÚa y asistencia a sus organizaciones y a las oficinas de asuntos para las comunidades negras en las entidades territoriales; g) Ejercer la SecretarÚa TÕcnica de la Comisiµn Consultiva de Alto Nivel, en los tÕrminos establecidos por el Decreto nºmero 1371 de 1994; h) Elaborar y actualizar permanentemente un registro de las organizaciones de las comunidades negras, con miras a prestarles el apoyo necesario; i) Realizar estudios y coordinar esfuerzos con el Instituto Colombiano de AntropologÚa con el propµsito de afianzar los conocimientos sobre la cultura de las comunidades negras, y propender por la defensa de sus derechos y el desarrollo de su identidad cultural; j) Coordinar las acciones relacionadas con las comunidades negras que corresponden al Gobierno Nacional y velar por el cumplimiento de las funciones asignadas a sus distintas entidades y organismos.
ArtÚculo 3 ¤. El Director para Asuntos de las Comunidades Negras tendrà asiento en el Conpes, en los tÕrminos establecidos en el numeral 2¤ del artÚculo 3¤ del Decreto nºmero 627 de 1974.
ArtÚculo 4 ¤. El presente Decreto comienza a regir en la fecha de su publicaciµn y adiciona el Decreto 2035 de 1992. Afecta la vigencia de: Adiciona DECRETO 2035 de 1992 PublÚquese y cºmplase.
Dado en SantafÕ de BogotÃ, D.C., a 13 de octubre de 1994.
ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Gobierno, Horacio Serpa Uribe.
El Director del Departamento Administrativo de la Funciµn Pºblica, Eduardo GonzÃlez Montoya.
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