DECRETO 1994 de 1990
por el cual se modifica la planta de personal del Departamento Administrativo Nacional de Estadística.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1994
- Año
- 1990
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1°.
Suprímanse en la Planta de Personal del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, los siguientes cargos así:
N° de cargos Dependencia Denominación del cargo Código Grado SECRETARIA GENERAL 1 Secretario General 0035 10 1 Profesional Universitario 3020 06
Artículo 2°.
Créanse en la Planta de Personal del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, los siguientes cargos así:
N° de cargos Dependencia Denominación del cargo Código Grado SECRETARIA GENERAL 1 Secretario General 0035 14 1 Conductor Mecánico 6010 09
Artículo 3°.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto número 114 de 1989.
Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 114 de 1989 Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 30 de agosto de 1990.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez.
El Jefe del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Rodolfo Uribe Uribe.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, William René Parra Gutiérrez.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.