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DECRETO 1748 de 1994

por el cual se aprueba el acuerdo 002 del 9 de febrero de 1994 expedido por el Consejo Directivo del Instituto Técnico Agrícola ITA de Buga, sobre adopcion de la Planta de Personal Docente.

Tipo
DECRETO
Número
1748
Año
1994
Entidad
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978,

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Aprobar en todas y en cada una de sus partes el Acuerdo 002 del 9 de febrero de 1994, expedido por el Consejo Directivo del Instituto Técnico Agrícola ITA de Buga, sobre adopción de la Planta de Personal Docente de esa Institución, cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 002 DE 1994 (febrero 9)

"por el cual se establece la Planta de Personal Docente del Instituto Técnico Agrícola ITA Buga".

El Consejo Directivo del Instituto Técnico Agrícola ITA de Buga, en uso de sus facultades legales y estatutarias, conferidas por el artículo 14 del Estatuto General,

ACUERDA:

Artículo 1.

ş. Establécese la Planta de Personal Docente de los Programas de Educación Superior así:

Nş DE CARGOS DENOMINACION 5 (cinco)

Docentes de tiempo completo.

9 (nueve)

Docentes de medio tiempo.

Artículo 2.

ş Establécese la Planta de Personal Docente de los programas de bachillerato, así:

Nş DE CARGOS DENOMINACION 68 (senta y ocho)

Docente de tiempo completo.

Artículo 3.

ş. El Rector del Instituto mediante Resolución hará la distribución de los cargos, de conformidad con los planes, programas y necesidades del servicio.

Artículo 4.

ş. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y para su validez requiere aprobación por Decreto del Gobierno Nacional.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Guadalajara, Buga, a los nueve (9) días del mes de febrero de 1994.

Presidente del Consejo.

(Fdo.) José Manuel González Arias Secretaria General.

(Fdo.) María del Carmen Soto Berrio».

Artículo 2ş. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 3 de agosto de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Héctor José Cadena Clavijo.

La Ministra de Educación Nacional, Maruja Pachón de Villamizar.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Eduardo González Montoya.

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