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DECRETO 1747 de 1994

por el cual se aprueba el Acuerdo 006 del 25 de marzo de 1994 expedido por el Consejo Directivo del Colegio Mayor del Cauca, sobre adopcion de la Planta de Personal Docente.

Tipo
DECRETO
Número
1747
Año
1994
Entidad
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978,

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Aprobar en todas y en cada una de sus partes el Acuerdo 006 del 25 de marzo de 1994, expedido por el Consejo Directivo del Colegio Mayor del Cauca, sobre adopción de la Planta de Personal Docente de esa Institución, cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 006 DE 1994 (febrero 25)

"por el cual se establece la Planta de Personal Docente del Colegio Mayor del Cauca".

El Consejo Directivo del Colegio Mayor del Cauca, en uso de sus facultades legales y estatutarias,

ACUERDA:

Artículo 1.

ş. La Planta de Personal Docente del Colegio Mayor del Cauca es la que a continuación se establece:

Nş DE CARGOS DENOMINACION DEL CARGO 7 (siete) Docente de tiempo completo. 4 (cuatro) Docente de medio tiempo.

Parágrafo.
Dentro de los cuatro docentes de medio tiempo, tres (3) están catalogados como expertos.

Artículo 2.

ş. El Rector mediante Resolución formalizará la vinculación de los docentes previo cumplimiento de las normas legales y estatutarias.

Artículo 3.

ş. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga todas las disposiciones que le sean contrarias y para su validez requiere aprobación por Decreto del Gobierno Nacional.

Comuníque se y cúmplase.

Dado en Popayán, a los veinticinco (25) días del mes de marzo de mil novecientos noventa y cuatro (1994).

Presidente.

(Fdo.) Alfredo Casas Martínez Secretaria (Fdo.) María Cecilia Vivas de Velasco».

Artículo 2.

ş. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíque se y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 3 de agosto de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Héctor José Cadena Clavijo.

La Ministra de Educación Nacional, Maruja Pachón de Villamizar.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Eduardo González Montoya.

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