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DECRETO 43 de 2005

por el cual se suprimen unos cargos vacantes de la planta de personaldel Instituto Colombiano Agropecuario, ICA.

Tipo
DECRETO
Número
43
Año
2005
Entidad
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 18 de la Ley 790 de 2002 y el Decreto 190 de 2003 disponen que los cargos que quedaren vacantes como consecuencia de la jubilación o pensión de vejez de los servidores públicos que los desempeńaren deberán ser suprimidos;

Que el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, obteniendo el concepto técnico favorable de ese Departamento;

Que se cuenta con el concepto de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efecto de modificar su planta de personal;

Que el Consejo Directivo del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, sometió a aprobación del Gobierno Nacional la supresión de cargos de su planta de personal, de acuerdo con el Acta número 463 del 20 de febrero de 2004,

DECRETA:

Artículo 1ş. Suprímense los siguientes cargos de la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA: Número de cargos Denominación del cargo Código Grado PLANTA GLOBAL 11 (Once) Técnico Operativo 4080 07 3 (Tres) Secretario 5140 14 4 (Cuatro) Secretario 5140 11 1 (Uno) Secretario 5140 09 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 16 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 11 2 (Dos) Auxiliar Administrativo 5120 10 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 08 1 (Uno) Operario Calificado 5300 13 3 (Tres) Operario Calificado 5300 11 2 (Dos) Operario Calificado 5300 10 2 (Dos) Conductor Mecánico 5310 13 1 (Uno) Conductor Mecánico 5310 09 14 (Catorce) Auxiliar de Servicios Generales 5335 08

Artículo 2.

ş. El presente decreto rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1455 del 19 de julio de 2001. Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 1455 de 2001

Publíquese y cúmplase Dado en Bogotá, D. C., a 13 de enero de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Carlos Gustavo Cano Sanz.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano.

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