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DECRETO 1714 de 2002

por el cual se establece la Planta de Personal de Artesanías de Colombia S. A.

Tipo
DECRETO
Número
1714
Año
2002
Entidad
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial de la consagrada en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva de Artesanías de Colombia S. A., sometió a aprobación del Gobierno Nacional su planta de personal, según Acta número 67 de 22 de noviembre de 2001.

DECRETA:

Artículo 1°.

La planta de personal de empleados públicos de Artesanías de Colombia será la siguiente: No. de cargos

Denominación del empleo Código Grado 1 (uno) Gerente de Entidad Descentralizada 0015 23 3 (tres) Subgerentes de Entidad Descentralizada 0040 21 1 (uno) Jefe de Oficina de Control Interno 2045 24 Artículo 2ş. El número de trabajadores oficiales al servicio de Artesanías de Colombia S. A. será de 72 (setenta y dos).

Artículo 3ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los acuerdos de Junta Directiva 013 y 009 de diciembre 3 de 1998.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 6 de agosto de 2002.

ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Manuel Santos El Ministro de Desarrollo Económico, Eduardo Pizano de Narváez.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Mauricio Zuluaga Ruiz.

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