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DECRETO 1564 de 1997

por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Salud.

Tipo
DECRETO
Número
1564
Año
1997
Entidad
MINISTERIO DE SALUD
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1ş. Suprímanse de la Planta de Personal del Ministerio de Salud, los cargos que a continuación se relacionan:

PLANTA GLOBAL No de Cargos Denominación Código Grado 1 Jefe de División 2040 20 2 Jefe de Programa 2084 21 4 Profesional Especializado 3010 15 5 Profesional Universitario 3020 09 1 Técnico Administrativo 4065 11 1 Técnico Administrativo 4065 12 4 Técnico Administrativo 4065 16 1 Secretario Ejecutivo 5040 18 2 Secretario 5140 12 5 Auxiliar Administrativo 5120 13 1 Auxiliar Servicios Generales 5335 11

Artículo 2.

ş. Créanse los siguientes cargos en la Planta de Personal del Ministerio de Salud:

No de Cargos Denominación Código Grado 1 Jefe de División 2040 24 3 Profesional Especializado 3010 22 3 Profesional Universitario 3020 13 1 Profesional Universitario 3020 10 2 Técnico Administrativo 4065 14 1 Técnico Administrativo 4065 17 4 Técnico Administrativo 4065 15 1 Auxiliar Administrativo 5120 12 3 Auxiliar Administrativo 5120 15 1 Auxiliar Administrativo 5120 18 1 Auxiliar Administrativo 5120 20 1 Auxiliar Administrativo 5120 21

Artículo 3.

ş. Los funcionarios que sean incorporados como consecuencia de la reestructuración del Ministerio de Salud, devengarán el salario que les correspondía en la anterior planta de personal hasta el día en que tomen posesión del cargo en la nueva planta que se adopta en el artículo 2ş del presente decreto.

Parágrafo.
Las incorporaciones a la planta de personal, así como la posesión en el nuevo cargo, deberán realizarse en el término de quince días calendario contados a partir de la fecha de publicación del presente decreto.

Artículo 4.

ş. La provisión de los cargos de la planta de personal fijada por el presente decreto, está sujeta a las apropiaciones presupuestales.

Artículo 5.

ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1759 del 3 de agosto de 1994.

Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 1759 de 1994 Publíque se y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 13 de junio de 1997 ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo Gaviria.

La Ministra de Salud, María Teresa Forero de Saade.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Edgar Alfonso González Salas.

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