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DECRETO 1178 de 2010

por el cual se establecen las condiciones bajo las cuales las captaciones realizadas por el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A., Bancoldex, estarán sujetas al régimen de encaje.

Tipo
DECRETO
Número
1178
Año
2010
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el numeral 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 32 de la Ley 1328 de 2009,

DECRETA:

Artículo 1°.

Se someterán al régimen de encaje fijado y reglamentado por la Junta Directiva del Banco de la República todas aquellas captaciones realizadas por el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A., Bancoldex, que tengan idénticas condiciones respecto de los depósitos y exigibilidades definidos de manera general como objeto de encaje para los establecimientos de crédito, por la mencionada Junta Directiva.

Artículo 2.

°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 14 de abril de 2010.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Óscar Iván Zuluaga Escobar.

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