DECRETO 1167 de 1995
por el cual se adiciona el artículo 2o del Decreto 1051 de 1995.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1167
- Año
- 1995
- Entidad
- MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución política,
DECRETA:
Artículo 1.
ş. Adiciónase al artículo 2ş del Decreto 1051 del 21 de junio de 1995, en el sentido de que el objeto del contrato de áreas exclusivas incluirá también la distribución de gas combustible por red a los usuarios no residenciales distintos de los grandes consumidores, conforme a la reglamentación que para el efecto expida la Comisión de Regulación de Energía y Gas.
Afecta la vigencia de: Adiciona Artículo 2 DECRETO 1051 de 1995
Artículo 2.
ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 7 de julio de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO Ministro de Minas y Energía, Jorge Eduardo Cock Londońo.
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