DECRETO 845 de 2005
por el cual se modifica la Planta de Alumnos de las Escuelas de Formación de Oficiales y se fija la Planta de Soldados de las Fuerzas Militares.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 845
- Año
- 2005
- Entidad
- MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Rep·blica de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los artĒculos 189 numeral 14 y 217 de la Constituci¾n PolĒtica, y el artĒculo 2║ del Decreto n·mero 1793 de 2000,Ā ĀĀ
DECRETA:
Ā ĀĀ ArtĒculo 1░. La Planta de Alumnos de las Escuelas de Formaci¾n de Oficiales para las Fuerzas Militares, durante la vigencia de 2005 (hasta-junio), quedarß constituida de la siguiente forma:Ā Alfķreces, Guardiamarinas y Cadetes Ā 3.080 Ā ĀĀ ArtĒculo 2░. La Planta de Soldados para la vigencia de 2005 (hasta junio) serß la siguiente:Ā Soldados Regulares e Infantes de Marina Ā 93.624 Ā Soldados Alumnos y Grumetes Ā 4.250 Ā Soldados Profesionales Ā 69.805 Ā Soldados Campesinos Ā 27.386 Ā TOTAL Ā 195.065 Ā ĀĀ ArtĒculo 3░. La Planta de Alumnos de las Escuelas de Formaci¾n de Oficiales para las Fuerzas Militares, durante la vigencia de 2005 (julio-noviembre), quedarß constituida de la siguiente forma:Ā Alfķreces, Guardiamarinas y Cadetes Ā 3.080 Ā ĀĀ ArtĒculo 4░. La Planta de Soldados para la vigencia de 2005 (julio-noviembre) serß la siguiente:Ā Soldados Regulares e Infantes de Marina Ā 92.871 Ā Soldados Alumnos y Grumetes Ā 4.250 Ā Soldados Profesionales Ā 72.497 Ā Soldados Campesinos Ā 32.000 Ā TOTAL Ā 201.618 Ā ĀĀ ArtĒculo 5░. La Planta de Alumnos de las Escuelas de Formaci¾n de Oficiales para las Fuerzas Militares, a partir del 1░ de diciembre de 2005, quedarß constituida de la siguiente forma:Ā Alfķreces, Guardiamarinas y Cadetes Ā 3.080 Ā ĀĀ ArtĒculo 6░. La Planta de Soldados a partir del 1░ de diciembre de 2005 serß la siguiente:Ā Soldados Regulares e Infantes de Marina Ā 95.446 Ā Soldados Alumnos y Grumetes Ā 4.250 Ā Soldados Profesionales Ā 72.697 Ā Soldados Campesinos Ā 24.852 Ā TOTAL Ā 197.245 Ā ĀĀ ArtĒculo 7║. La presente planta serß distribuida mediante resoluci¾n Ministerial entre las Fuerzas Militares, de acuerdo a las necesidades del servicio.Ā ĀĀ ArtĒculo 8║. Con el prop¾sito de hacer viable la ejecuci¾n de esta planta de personal desde el punto de vista presupuestal, los movimientos de personal deberßn hacerse en forma gradual, consultando estrictamente las necesidades de efectivos para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la Instituci¾n.Ā ĀĀ ArtĒculo 9║. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci¾n y deroga el Decreto n·mero 1018 del 1║ de abril de 2004 y todas las disposiciones que le sean contrarias.Ā Afecta la vigencia de: DerogaĀĀ DECRETO 1018 de 2004 ĀĀ PublĒquese y c·mplase. Ā ĀĀ Dado en Bogotß, D. C., a 28 de marzo de 2005. Ā ĀĀ ┴LVARO URIBE V╔LEZ Ā ĀĀ El Ministro de Hacienda y Crķdito P·blico, Ā ĀĀ Alberto Carrasquilla Barrera. Ā ĀĀ El Ministro de Defensa Nacional, Ā ĀĀ Jorge Alberto Uribe EchavarrĒa. Ā ĀĀ
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