DECRETO 711 de 2003
por el cual se modifica el Decreto 2526 de 2000.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 711
- Año
- 2003
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 96 del Estatuto Orgánico del Presupuesto,
DECRETA:
Artículo 1ş. El artículo 2ş del Decreto 2526 de 2000 quedará así:
"Artículo 2ş. Las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta con régimen de empresas industriales y comerciales del Estado, dedicadas a actividades no financieras deberán ofrecer a la Dirección General del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en primera opción y en condiciones de mercado, el ciento por ciento (100%) de la liquidez en moneda nacional, cualquiera fuere el plazo de la citada liquidez.
Si la Dirección General del Tesoro Nacional no está interesada en tomar los recursos ofrecidos, deberá notificar a la entidad oferente su decisión por escrito a más tardar el día hábil siguiente a la fecha del ofrecimiento. Si la citada notificación no se presenta dentro del término indicado, se entenderá que la Dirección General del Tesoro Nacional no está interesada en la negociación, caso en el cual las entidades de que trata el presente Decreto podrán efectuar inversiones financieras, con sujeción a las normas legales que las rigen y con base en las políticas y criterios que establezcan las respectivas juntas directivas".
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 2 DECRETO 2526 de 2000 Artículo 2ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el artículo 1ş del Decreto 2526 de 2000 y el Decreto 2778 de 2000 y las demás disposiciones que le sean contrarias. Afecta la vigencia de: Deroga Artículo 1 DECRETO 2526 de 2000 Deroga DECRETO 2778 de 2000 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 20 de marzo de 2003.
ALVARO URIBE VELEZ.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Roberto Junguito Bonnet.
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