DECRETO 543 de 1996
por el cual se establece la Planta de Personal de la Superintendencia del Subsidio Familiar.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 543
- Año
- 1996
- Entidad
- MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le seńala el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1ş. Las funciones propias de la Superintendencia del Subsidio Familiar, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:
DESPACHO SUPERINTENDENTE Número de cargos Denominación del empleo Código Grado 1 (Uno) Superintendente 0030-23 1 (Uno) Asesor 1020-10 2 (Dos) Secretario Ejecutivo 5040-22 1 (Uno) Auxiliar de Servicios Generales 5335-15 1 (Uno) Conductor Mecánico 5310-17 PLANTA GLOBALIZADA 1 (Uno) Secretario General de Superintendencia 0037-19 4 (Cuatro) Jefe de División 2040-25 4 (Cuatro) Jefe de Oficina 2045-25 9 (Nueve) Profesional Especializado 3010-20 5 (Cinco) Profesional Especializado 3010-18 9 (Nueve) Profesional Especializado 3010-16 4 (Cuatro) Profesional Universitario 3020-13 1 (Uno) Profesional Universitario 3020-10 1 (Uno) Programador de Sistemas 4060-17 2 (Dos) Técnico Administrativo 4065-17 2 (Dos) Técnico Administrativo 4065-15 6 (Seis) Secretario Ejecutivo 5040-19 2 (Dos) Auxiliar Administrativo 5120-18 4 (Cuatro) Auxiliar de Servicios Generales 5335-17 1 (Uno) Conductor Mecánico 5310-17 1 (Uno) Auxiliar de Servicios Generales 5335-15
Artículo 2.
ş. El Superintendente, mediante resolución, distribuirá los cargos a que se refiere el presente Decreto, de conformidad con la estructura orgánica, las necesidades del servicio, funciones, requisitos y responsabilidades de cada empleo, y en un todo con los planes y programas diseńados por la entidad.
Artículo 3.
ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que sean contrarias, en especial, el Decreto número 594 de marzo 30 de 1993. Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 594 de 1993
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 18 de marzo de 1996.
ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Guillermo Perry Rubio.
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Orlando Obregón Sabogal.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Eduardo González Montoya.
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