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DECRETO 495 de 2003

por el cual se deroga el artículo 1° del Decreto 001 de 2000 el cual modificó el parágrafo 1° del artículo 1° del Decreto 2345 de 1995.

Tipo
DECRETO
Número
495
Año
2003
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y constitucionales, en especial las que le conceden los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política y del artículo 186 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero,

DECRETA:

Artículo 1ş. Derógase el artículo 1ş del Decreto 001 de 2000, el cual modificó el parágrafo 1ş del artículo 1ş del Decreto 2345 de 1995.

Afecta la vigencia de: Deroga Artículo 1 DECRETO 1 de 2000 Artículo 2ş. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 4 de marzo de 2003.

ALVARO URIBE VELEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Roberto Junguito Bonnet.

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