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DECRETO 432 de 1997

por el cual se establece la planta de personal para el Ministerio del Interior.

Tipo
DECRETO
Número
432
Año
1997
Entidad
MINISTERIO DEL INTERIOR
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Las funciones propias del Ministerio del Interior serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece.

Número de cargos Dependencia y Denominación Código Grado DESPACHO DEL MINISTRO Uno (1) Ministro 0005 Tres (3) Asesor 1020 16 Tres (3) Asesor 1020 14 Uno ( 1) Profesional Especializado 3010 20 Dos (2) Profesional Especializado 3010 18 Uno (1) Profesional Especializado 3010 16 Uno (1) Profesional Universitario 3020 13 Uno (1) Técnico Administrativo 4065 17 Uno (1) Secretario Ejecutivo 5040 24 Seis (6) Secretario Ejecutivo 5040 22 Seis (6) Auxiliar Administrativo 5120 18 Dos (2) Secretario Ejecutivo del Despacho de Ministro 5230 25 Tres (3) Conductor Mecánico 5310 19 DESPACHO DEL VICEMINISTRO Uno (1) Viceministro 0020 Uno (1) Asesor 1020 16 Dos (2) Asesor 1020 14 Tres (3) Asesor 1020 10 Uno (1) Técnico Administrativo 4065 17 Tres (3) Secretario Ejecutivo 5040 23 Dos (2) Auxiliar Administrativo 5120 18 Uno (1) Auxiliar Administrativo 5120 17 Dos (2) Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro 5240 24 Dos (2) Conductor Mecánico 5310 19

Artículo 2.

Los cargos que a continuación se establecen conforman la planta globalizada del Ministerio del Interior los cuales serán distribuidos mediante resolución por el Ministerio del Interior de acuerdo a la estructura orgánica, planes, programas y necesidades del servicio:

Número de cargos Dependencia y Denominación Código Grado PLANTA GLOBALIZADA Uno (1) Secretario General de Ministerio 0035 22 Diez (10) Director Técnico de Ministerio 0100 15 Uno (1) Director Administrativo y Financiero de Ministerio 0100 15 Tres (3) Jefe de Oficina Asesora de Ministerio 0125 15 Tres (3) Jefe de Oficina Asesora de Ministerio 0125 13 Seis (6) Subdirector Técnico de Ministerio 0150 14 Uno (1) Subdirector Financiero de Ministerio 0150 14 Uno (1) Subdirector Administrativo de Ministerio 0150 14 Uno (1) Asesor 1020 14 Uno (1) Asesor 1020 10 Diecisiete (17) Asesor 1020 07 Cuatro (4) Profesional Especializado 3010 20 Dieciocho (18) Profesional Especializado 3010 18 Diez (10) Profesional Especializado 3010 17 Treinta y ocho (38) Profesional Especializado 3010 16 Once (11) Profesional Especializado 3010 15 Dos (2) Profesional Especializado 3010 14 Treinta y siete (37) Profesional Universitario 3020 13 Sesenta y uno (61) Profesional Universitario 3020 12 Doce (12) Profesional Universitario 3020 10 Ocho (8) Profesional Universitario 3020 08 Veintinueve (29) Profesional Universitario 3020 06 Cinco (5) Profesional Universitario 3020 04 Doce (12) Técnico Administrativo 4065 17 Tres (3) Técnico Administrativo 4065 16 Uno (1) Técnico Administrativo 4065 15 Veintidós (22) Técnico Administrativo 4065 14 Ochenta y tres (83) Técnico Administrativo 4065 12 Uno (1) Técnico Administrativo 4065 11 Diecisiete (17) Técnico Administrativo 4065 09 Treinta (30) Técnico Administrativo 4065 07 Tres (3) Técnico Operativo 4080 14 Dos (2) Técnico Operativo 4080 09 Uno (1) Técnico Operativo 4080 07 Dos (2) Operador de Equipo de Sistemas 4100 14 Cuatro (4) Operador de Equipo de Sistemas 4100 12 Cuatro (4) Operador de Equipo de Sistemas 4100 09 Uno (1) Secretario Ejecutivo 5040 24 Nueve (9) Secretario Ejecutivo 5040 22 Catorce (14) Secretario Ejecutivo 5040 20 Treinta y dos (32) Secretario Ejecutivo 5040 18 Cinco (5) Secretario Ejecutivo 5040 15 Once (11) Secretario Ejecutivo 5040 11 Dos (2) Auxiliar Administrativo 5120 20 Catorce (14) Auxiliar Administrativo 5120 16 Treinta y siete (37) Auxiliar Administrativo 5120 14 Uno (1) Auxiliar Administrativo 5120 10 Seis (6) Auxiliar Administrativo 5120 09 Uno (1) Secretario 5140 10 Dos (2) Secretario 5140 08 Doce (12) Operario Calificado 5300 17 Dos (2) Operario Calificado 5300 14 Tres (3) Operario Calificado 5300 09 Diecinueve (19) Conductor Mecánico 5310 19 Dos (2) Conductor Mecánico 5310 09 Siete (7) Celador 5320 09 Tres (3) Celador 5320 06 Veinticuatro (24) Auxiliar de Servicios Generales 5335 13 Seis (6) Auxiliar de Servicios Generales 5335 07

Artículo 3.

ş. Las incorporaciones deberán realizarse dentro del término de cuarenta y cinco (45) días contados a partir de la publicación del.presente Decreto, dando cumplimiento al punto 1.1 del Acuerdo suscrito entre el Gobierno y las Organizaciones Sindicales el 18 de febrero de 1997.

Artículo 4ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 1373 del 5 de agosto de 1996,1609 y 1610 del 9 de septiembre de 1996 y 2069 del 14 de noviembre de 1996 y demás normas que le sean contrarias.

Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 1373 de 1996 Deroga DECRETO 1609 de 1996 Deroga DECRETO 1610 de 1996 Deroga DECRETO 2069 de 1996 Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 24 de febrero de 1997.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro del Interior, Horacio Serpa Uribe.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo Gaviria.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Edgar Alfonso González Salas.

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