DECRETO 406 de 1995
por el cual se suprimen unos cargos en el Ministerio de Comunicaciones y se establece la Planta de Personal de la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 406
- Año
- 1995
- Entidad
- MINISTERIO DE COMUNICACIONES
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 189 numeral 14 de la Constitución Política y el artículo 105 de la Ley 142 de 1994,
DECRETA:
Artículo 1.
ş. Suprímanse de la planta de personal del Ministerio de Comunicaciones, establecida por el Decreto 1250 de 1993, los cargos que a continuación se relacionan:
COMISION DE REGULACION DE TELECOMUNICACIONES No. de Cargos Denominación del empleo Código Grado 3 (tres) Experto de Comisión Reguladora 0090 3 (tres) Asesor 1020 14 2 (dos) Asistente Administrativo 4140 16 2 (dos) Secretario Ejecutivo 5240 20 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 11
Artículo 2.
ş. Establécese la Planta Global de Personal de la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, así:
COMISION DE REGULACION DE TELECOMUNICACIONES No. de Cargos Denominación del empleo Código Grado 3 (tres) Experto de Comisión Reguladora 0090 1 (uno) Asesor 1020 15 2 (dos) Asesor 1020 16 3 (tres) Jefe de Oficina 2045 24 1 (uno) Profesional Especializado 3010 20 4 (cuatro) Asistente Administrativo 4140 (16) 3 (tres) Secretario Ejecutivo 5040 22 2 (dos) Auxiliar Administrativo 5120 14 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 11
Artículo 3.
ş. El Coordinador General de la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, mediante resolución distribuirá los cargos de la Planta Global de Personal y ubicará los funcionarios de conformidad con la estructura interna, los planes y programas adoptados y las necesidades del servicio.
Artículo 4.
ş. Los funcionarios que a la fecha de publicación del presente Decreto se hallen nombrados en cualquiera de los cargos relacionados en el artículo 1ş tendrán derecho al pago de las indemnizaciones de que tratan el artículo 8ş de la Ley 27 de 1992, siempre y cuando se cumplan con los presupuestos legales establecidos para este efecto.
Artículo 5.
ş. Las incorporaciones en los cargos de la nueva planta de personal deberán realizarse dentro de los diez (10) días siguientes contados a partir de la fecha de la publicación de este Decreto.
Artículo 6.
ş. Los funcionarios que sean incorporados en la nueva Planta de Personal creada en el artículo 2ş del presente Decreto, continuarán devengando el salario que les correspondía en la anterior Planta de Personal hasta la fecha de posesión.
Artículo 7.
ş. De conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 177 de la Ley 142 de 1994, las personas que venían desempeńando las posiciones de Expertos en la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones creada por el Decreto 2122 de 1992, continuarán desempeńando el cargo en la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones creada por la Ley 142 de 1994.
Artículo 8.
ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga parcialmente el Decreto 1250 de 1993 y las demás disposiciones que le sean contrarias. Afecta la vigencia de: Deroga parcialmente DECRETO 1250 de 1993 Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 7 de marzo de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Guillermo Perry Rubio.
El Ministro de Comunicaciones, Armando Benedetti Jimeno.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Eduardo González Montoya.
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