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DECRETO 8 de 2012

por el cual se modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

Tipo
DECRETO
Número
8
Año
2012
Entidad
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, los literales m) y n) del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 3443 de 2010 se modificó la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

Que el artículo 1° Decreto 3444 de 2010 estableció las funciones propias del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, y su planta de personal creando entre otros cargos el de Director de Programa Presidencial 1145.

Que mediante el Decreto 4637 de 2011 el señor Presidente de la República en uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, suprimió de la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República el Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción.

Que en el Decreto 4637 de 2011 se crea en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la Secretaría de Transparencia.

DECRETA:

Artículo 1°.

Supresión. Suprímase de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República el siguiente cargo:

PROGRAMAS PRESIDENCIALES Número de cargos Denominación del empleo Código Grado Un (1)

Director de Programa Presidencial 1145 -

Artículo 2°.

Creación. Créase en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República el siguiente cargo:

SECRETARÍAS PRESIDENCIALES Número de cargos Denominación del empleo Código Grado Un (1)

Secretario de la Presidencia de la República 1150 -

Artículo 3°.

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 6 de enero de 2012.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Carlos Echeverry Garzón.

La Subdirectora General, encargada de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Paola Margarita Buendía.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor

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